Acuerdo relativo a la modificación del Acuerdo de fecha 29 de septiembre de 2009, en el que se autoriza incremento de densidad de 100 a 250 Hab/ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado 'La Palma', Municipio de Corregidora, Qro., así como la Autorización de la Causahabiencia a favor de 'Desarrolladora Ranman', S.A. de C.V.

18 de octubre de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10143
GOBIERNO MUNICIPAL
Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las facultades que
me confiere el artículo 15 fracciones IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de
Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 18 de marzo de 2013, el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
aprobó el Acuerdo relativo a la Modificación del diverso de fecha 29 de septiembre de 2009, en el que se autoriza
incremento de densidad de 100 a 250 Hab/ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho
denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro., así como la Autorización de la Causahabiencia a favor de
“Desarrolladora Ranman”, S.A. de C.V., respecto del mismo predio., el cual señala textualmente:
Con fundamento en la fracción I del Artículo , 115 fracción V incisos D) y F) de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II inciso D) de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 165 del Código Urbano para el Estado de Querétaro; 1°, 2, 3, 4, 5 fracción V,
7, 8, 10, 25, 26, 27 y demás relativos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Muni cipio de Corregidora,
Qro; 15 fracción XVII, 27 fracción VI, XI, XII y 44 fracción II, III, y 49 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Constitución Política del Estado
de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se encuentran faculta dos para
aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde al H. Ayuntamiento resolv er
lo referente a la Modificación del diverso de fecha 29 de septiembre de 2009, en el que se autoriza incremen to
de densidad de 100 a 250 Hab/ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado
“La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro., así como la Autorización de la Causahabiencia a favor de
“Desarrolladora Ranman”, S.A. de C.V., respecto del mismo predio, radicado en esta Secretaría del
Ayuntamiento, con el Expediente DAC/CAI/033/2013.
2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para formul ar,
aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano munici pal; autorizar, controlar y vigilar la utilización
del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licenci as y permisos
para construcciones.
3. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 fracción II del Código Urbano para el Estado de Querétaro, los
Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones t erritoriales de
acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso, destino y reserva s
territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad que corresponda,
así como otras leyes o reglamentos aplicables.
4. Con fecha 06 de febrero de 2013, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, el escrito emitido por el C.P. Man uel
Guerrero Chávez, en su carácter de Representante Legal de “Desarrolladora Ranman”, S.A. de C.V., en el cual
plantea que su representada acepta y reconoce voluntariamente las obligaciones contraídas por parte de los C.C.
Rafael Montoya Becerra y Ma. Irene Becerra Rodríguez, derivadas del Acuerdo de Cabildo tomado en Sesión
Extraordinaria de fecha 29 de septiembre de 2009, mediante el cual el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó
el incremento de densidad de 100 a 250 Hab/ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Tr ojitas, Rancho
denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 26-21-75 Has.
5. El C.P. Manuel Guerrero Chávez, acredita el carácter con que se ostenta, con Escritura Pública Número 21,599,
fechada el 23 de junio de 2010, pasada ante la fe del Lic. Leopoldo de la Garza Marroquín, Notario Público Número
33, en el Primer Distrito Judicial del Estado de San Luis Potosí, S.L.P., inscrita en Registro Público de la Propiedad y
del Comercio de esa Ciudad, bajo el folio mercantil electrónico número 23939 * 1, del 20 de julio de 2010.

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