Acta de Cabildo correspondiente a la Sesión Extraordinaria número 91, mediante la cual se expide el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Huimilpan, Qro.

Pág. 1794 PERIÓDICO OFICIAL 15 de febrero de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
ACTA DE CABILDO QUE CORRESPONDE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA NÚMERO 91
ADMINISTRACIÓN 2009-2012
HUIMILPAN, QUERÉTARO
H. AYUNTAMIENTO DE HUIMILPAN, QRO.
2009-2012
ACTA NÚM. 91
En la Ciudad de Huimilpan, Qro., siendo las 10:47 (diez horas con cuarenta y siete minutos) del día 17 de
Septiembre de 2012, reunidos en el recinto de Cabildos de esta Presidencia Municipal de Huimilpan. El
Presidente Municipal. Lic. J. Saúl Ayala Cabrera los regidores los CC. José Botello Crespo, María Ortencia
Mireya Frías Dun, Rogelio Durán Camargo, Silvia Chávez Ceja, Salomón Vega Franco, Jayme Martínez
Saavedra, Obdulia Beceril Cabrera, Samuel Gómez González y José Cristobal Trenado Frías, con la finalidad
de celebrar LA SESION EXTRAORDINARIA, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de
los Estados Unidos .Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro 27 y 30 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro. Y dando cumplimiento con los ordenamientos judicos, formales y
materiales que establecen las leyes aplicables este Órgano Colegiado se da inicio a la presente Sesión
Extraordinaria de cabildo teniendo como orden del día el siguiente: PRIMER PUNTO: Pase de lista y
declaratoria de quórum legal. SEGUNDO PUNTO: Instalación legal de la Sesión Extraordinaria. TERCER
PUNTO: Lectura del acta anterior y aprobación de la misma. CUARTO PUNTO: Presentación, para aprobación
o rechazo del Decreto del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Huimilpan. QUINTO
PUNTO: Clausura de Sesión. PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA.- A continuación se procede al pase de
lista, dándose cuenta de la asistencia del Presidente Municipal, Sindico Municipal y ocho regidores por lo que el
Presidente Municipal, formula declaratoria legal de Quorum. SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA.- Acto
seguido el Lic. J. Saúl Ayala Cabrera, Presidente Municipal declara formalmente instalada la sesión, por lo que
todos los acuerdos que de esta emanen, serán válidos y obligatorios. TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL
DIA.- A continuación el Presidente Municipal otorga la palabra al Secretario de' H. Ayuntamiento, quien da
lectura al acta de la Sesión Ordinaria anterior, misma que es I aprobada por todos los regidores presentes y
firmada al calce y al margen para dar autenticidad a la misma y posteriormente se ordena su archivo en la
Secretaria del Ayuntamiento. CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA.- El Ing. Fidencio Moreno Olvera,
Director de Desarrollo Agropecuario Forestal y Turismo presenta al H. Cabildo para aprobación o rechazo el
Decreto de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Huimilpan, que textualmente dice:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 4° párrafo cuarto, 25° párrafo primero y sexto, 26°, 27°
párrafo tercero, 40°, 42°, 43°, 90°, 115° y 116° de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; 2°
fracciones III y V, 3°, 4°, 33°, 34°, 35° y 44° de la Ley de Planeación; 1° fracciones I, II y VII, 15°, 16°, 17°, 19°,
19° BIS fracción III, 20°, 20° BIS 1 al 7 y 60° último párrafo de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente; 5° de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 1°,2° fracción IV, 4° fracción IV,
4° fracción I,5° fracción XLI, 7° fracción XXVIII, 8° fracción II, 39° fracciones I, II, III, IV, V y VI, 41°, 43°, 44°, 45°
fracciones I, II, III, IV, y VI, 46° y 47° de la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable de
Querétaro; 30° fracción II, inciso g), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro;
CONSIDERANDO
1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4°, párrafo cuarto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos; y que en su
artículo 115, faculta a los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, a participar en
la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de
ordenamiento en esta materia.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR