Dictamen Técnico relativo a la autorización para el reconocimiento jurídico como vía pública y nomenclatura de dos secciones de las vialidades desarrolladas al interior de los Lotes 1, 2, 17 y 18 de “La Rica”, Fracción II de Juriquilla, en la Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui, Municipio de Querétaro, Qro.

22 de octubre de 2010 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8831
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS
HUMANOS; 30 FRACCIÓN II INCISO D Y F, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 4 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERETARO;
1°, 14 FRACCIÓN III, 16 FRACCIONES I, V, VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82,
92, 99, 100 FRACCIÓN I INCISO B), 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 Y
152 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO
MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL ACUERDO DE
CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE FACULTADES A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados
para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de
competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto por el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para
regular en forma sustantiva y adjetiva las materias de su competencia, a través de bandos, reglamentos,
decretos, acuerdos, circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de
observancia general y obligatoria en el municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código
Municipal de Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de
2003 por el que se crea la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la
encargada de regular el ordenado crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 02 (dos) de octubre de 2009 (dos mil nueve), el H.
Ayuntamiento del Municipio de Querétaro aprobó el delegar facultades a la Secretaría de Desarrollo
Sustentable Municipal para emitir autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en el
Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” en fecha 06 (seis) de Noviembre del 2009 (dos mil nueve), y en
atención al artículo 4 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, ésta
Secretaría se encuentra legalmente facultada para la emisión del presente acto administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Lic. Alejandro Ramos Palacios, solicita la Autorización para el
Reconocimiento Jurídico como Vía Pública y Nomenclatura de dos secciones de las vialidades
desarrolladas al interior de los Lotes 1, 2, 17 y 18 de “La Rica”, Fracción II de Juriquilla, en la
Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui de esta ciudad, y requiere a esta autoridad administrativa
para que determine lo conducente, apoyado en el siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante Escritura Pública número 24,167 (veinticuatro mil ciento sesenta y siete), de fecha 20 (veinte)
de febrero de 2008 (dos mil ocho), pasada ante la fe del Lic. Jorge García Quiroz, Notario Adscrito de la
Notaría Pública No. 22 de esta Demarcación Notarial, se hace constar el contrato de compraventa a favor
del Lic. Alejandro Ramos Palacios, de los Lotes 1, 2, 17 y 18 de “La Rica”, Fracción II de Juriquilla, con
superficies de 3,935.00 m2, 59,144.00 m2, 4,180.00m2 y 5,390.00m2 respectivamente; instrumento inscrito
en el Registro Publico de la Propiedad y el Comercio bajo los folios inmobiliarios 00259425/003,
00259431/004, 00259438/003 y 00259575/003, todos de fecha 09 de febrero de 2009.

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