Reglamento de Visitas y Estadías Profesionales.

Pág. 2234 PERIÓDICO OFICIAL 12 de febrero de 2016
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO
VOLUNTAD - CONOCIMIENTO - SERVICIO
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE
LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2011 PUBLICADA EN
EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL ARTÍCULO 54 FRACCIÓN IX DE LA LEY DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que de acuerdo a lo establecido por los artículos, 6 fracción V, VI, VII, XV, XVII y el 24 de la Ley Orgánica
de la Universidad Tecnológica de Querétaro vigente, los alumnos de la Universidad que cursen un programa
educativo tendrán derechos y obligaciones que le confiera este Reglamento.
2. Que de acuerdo a los cambios de nomenclatura de programas educativos de continuidad de estudios, por
necesidades de la institución se requiere una actualización del reglamento de Visitas y Estadías
Profesionales.
3. Que los objetivos de la Universidad Tecnológica de Querétaro son preparar profesionales aptos para la
aplicación de conocimientos y la solución creativa de problemas, que permita elevar la calidad de vida de la
comunidad; desarrollar programas de apoyo tecnológico en beneficio de la región; promover la cultura
científica y tecnológica, y desarrollar las funciones de vinculación con los sectores público, privado y social
para contribuir al desarrollo tecnológico y social de la comunidad, en virtud de lo anterior es indispensable
promover en el alumno el contacto con el sector productivo público y privado mediante visitas y estadías
profesionales.
En mérito de lo anterior, se tiene a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE VISITAS Y ESTADÍAS PROFESIONALES
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- De acuerdo al artículo 6 fracción V, VII, XVII y el artículo 24 de la Ley Orgánica de la
Universidad Tecnológica de Querétaro, las disposiciones de este Reglamento son de observancia obligatoria
para todos los alumnos y personal docente que participen en los programas de Visitas y Estadías Profesionales
de los programas educativos de la Universidad Tecnológica de Querétaro en los sucesivo la Universidad, de los
niveles de Técnico Superior Universitario, Ingeniería Técnica o Licenciatura en organizaciones de los sectores
productivo, social o gubernamental.
ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer los lineamientos a que se sujetarán los
alumnos de la Universidad, para la realización de las Visitas y las Estadías Profesionales para los programas
educativos de Técnico Superior Universitario, Ingeniería Técnica o Licenciatura, como parte de su formación en
el sector productivo de bienes y servicios.
ARTÍCULO 3.- Para fines de este Reglamento se definen los siguientes conceptos:

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