Reglamento de Panteones para el Municipio de Tequisquiapan, Querétaro.

26 de junio de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 13699
GOBIERNO MUNICIPAL
LIC. JOSÉ ANTONIO MEJÍA LIRA, Presidente Municipal de Tequisquiapan, Querétaro, en ejercicio de la
facultad que me confiere el artículo 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hace saber a sus
habitantes:
QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE QUERÉTARO; 146, 147, 148 Y 149 DE LA LEY ORGÁNICA MUN ICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 464, 465, 466 Y 468 DEL REGLAMENTO DE POLICÍA Y GOBIERNO MUNICIPAL DE
TEQUISQUIAPAN Y
CONSIDERANDO
I.- Que dentro de los diferentes servicios públicos que por disposición constitucional y legal le corresponde prestar
al municipio en bien de la sociedad que habita su territorio, se encuentra el servicio de panteones, el cual consiste
en que la entidad municipal debe crear las condiciones necesarias para proveer de un espacio físico donde se
puedan llevar a cabo las inhumaciones, exhumaciones y cremaciones de cadáveres y restos humanos.
II.- Que la prestación de este tipo de servicios debe prestarse de manera eficiente, de calidad y sin distinción,
buscando que los trámites legales sean fáciles y rápidos, además de que las autoridades municipales
competentes deben asesorar de forma adecuada en su tramitación atendiendo a la naturaleza del servicio.
III.- Que en nuestro municipio no ha existido hasta la fecha un reglamento tendiente a regular la prestación de
dicho servicio, por tanto, existe al menos en la cabecera municipal una necesidad de orden y de espacios
suficientes en materia de panteones; asimismo es importante contar con un servicio que evite trámites
complicados en los momentos más sensibles de las personas que han perdido familiares y seres queridos, por
ello es menester dictar normas que establezcan ordenadamente la mejora de todas y cada una de las áreas de
oportunidad, normas que impulsen las acciones iniciadas para eliminar las deficiencias del servicio, pero sobre
todo requerimos de un reglamento de panteones que defina de manera muy clara y objetiva los deberes del
Ayuntamiento en esta materia y se fije un marco jurídico adecuado para tener un servicio eficiente de panteones.
IV.- Que para la presente administración municipal le es prioridad mantener actualizado el marco jurídico que
regula su desempeño. Con la finalidad de que la sociedad y las dependencias del Municipio involucradas en los
trámites y servicios funerarios cuenten con un reglamento que les permita guiar sus líneas de acción y de esta
forma prestar un servicio eficiente y adecuado a las necesidades de los usuarios de servicios.
V.- Que se consideró prioridad integrar el proyecto articulado referente al pago de refrendos.
VI.- Que en este sentido, el Ayuntamiento deberá expedir los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,
circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que
organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios
públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
VII.- Que por lo anterior, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tequisquiapan, mediante Sesión Ordinaria
de Cabildo de fecha dieciocho de junio de dos mil veinte, en el Sexto Punto Inciso a) del orden del día, por
unanimidad, tuvo a bien aprobar y expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE PANTEONES PARA EL MUNICIPIO
DE TEQUISQUIAPAN, QUERÈTARO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Las disposiciones de este Reglamento son de orden e interés público y observancia general en el
Municipio de Tequisquiapan Querétaro, tienen por objeto regular la prestación del servicio, el establecimiento,
funcionamiento, conservación, administración y vigilancia de los panteones Municipales, así como inherentes al
traslado, velación, inhumación, exhumación, reinhumación y cremación de cadáveres y restos humanos áridos o
cremados.

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