Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Querétaro

25 de agosto de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 16651
GOBIERNO MUNICIPAL
LIC. MARCOS AGUILAR VEGA, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de la facultad que me
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 FRACCION II DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO, 30 FRACCIÓN I, 38 FRACCIÓN I, 146, 147 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 54, 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO; Y
CONSIDERANDO
I. Con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 35 de
la Constitución Política del Estado de Querétaro, los municipios están dotados de autonomía, patrimonio
propio, misma que les brindan las facultadas para emitir disposiciones administrativas de carácter general
dentro de su respectivo ámbito de competencia.
II. Así como se establece en el artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, el
Ayuntamiento tiene la facultad de adecuar su reglamentación en la medida en que se modifican las
condiciones políticas, sociales y económicas, por los diferentes aspectos de la vida comunitaria, con la
finalidad de preservar su autoridad institucional y propiciar el desarrollo armónico de la sociedad.
III. Por ende, los Ayuntamientos se encuentran facultados para ordenar su estructura y funcionamiento,
regular las materias de su competencia y aprobar las disposiciones administrativas de observancia
general dentro su jurisdicción, que organicen la administración pública municipal.
IV. La mejora regulatoria es una política pública que consiste en la generación de normas claras, de trámites
y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten
a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y del óptimo funcionamiento de las
actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en
su conjunto.
V. El propósito de la mejora regulatoria radica entonces en procurar los mayores beneficios para los
ciudadanos del municipio de Querétaro con los menores costos posibles, mediante la formulación
normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la economía, la
productividad, la eficiencia y la competitividad a favor del crecimiento, bienestar general y desarrollo
humano.
VI. Es prioridad para esta Administración mejorar los procesos administrativos a efecto de fomentar el
desarrollo social y económico, tal y como se estableció en el Plan Municipal de Desarrol lo Municipal para
la Administración 2015-2018 en el cual en su Quinto Eje denominado Gobierno Abierto, el cual tiene
como objetivo general el aumentar la confianza de la ciudadanía en la gestión municipal; para lo cual
contempla en su Programa 17, realizar proyectos para la simplificación administrativa y la mejora
regulatoria, por lo cual resulta necesario la aprobación del presente instrumento normativo.
VII. Conforme a lo ordenado por el Artículo 20 fracción XVI del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Querétaro, el expediente respectivo se radicó en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el número
DAL/066/2017 del índice de la Dirección de Asuntos Legislativos.”
Por lo expuesto y fundado, por unanimidad de votos de los integrantes presentes del Honorable
Ayuntamiento de Querétaro, se aprobó el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO: Se aprueba el Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Querétaro, para quedar en los
siguientes términos:

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