Reglamento Interior de Trabajo del Municipio de Colón, Qro.

25 de septiembre de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 20555
GOBIERNO MUNICIPAL
ING. ALEJANDRO ARTEAGA CABRERA, Presidente Municipal Constitucional de Colón, Querétaro, en ejercicio
de la facultad que me confiere el artículo 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y CON
FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 38
FRACCIÓN I, 146, 148 Y 150 FRACCIÓN I Y 151 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos,
en relación con el diverso 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, los Municipios están dotados de
autonomía y patrimonio propio y los Ayuntamientos se encuentran facultados para emitir disposiciones administrativas
de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 30 fracción I, 146, 147, 148, 149 y 150 de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Querétaro, los Ayuntamientos son competentes para organizar su funcionamiento y estructura, así
como regular de manera tanto sustantiva como adjetiva de las materias que son de su competencia; sin perder de
vista por un lado su autoridad institucional y por otra parte propiciar el desarrollo armónico de la sociedad.
En la actual Administración, como mayor interés, entre otros es crear un Gobierno que impulse reformas
reglamentarias pero que éstas tengan por objeto la actualización del marco normativo municipal, mediante la
creación, adecuación e integración de los reglamentos necesarios que promuevan un mejor y más eficiente
desempeño de la función pública en todas las áreas, direcciones y secretarias que en su conjunto integran la
Administración Pública Municipal.
Derivado de lo anterior, resulta de importancia prioritaria para el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Colón,
cuente con un Reglamento Interior de Trabajo, mismo que fije las bases y establezca los lineamientos que deberán
observar los trabajadores del Municipio de Colón, Querétaro en la prestación de sus servicios, ya sean éstos
materiales o intelectuales durante el tiempo que dure su relación laboral con la Administración Pública Municipal.
De acuerdo a las facultades que el artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro le confiere a el
Ayuntamiento para adecuar la reglamentación municipal, con el fin de preservar su autoridad institucional y propiciar
las bases adecuadas que deben fijar los lineamientos mínimos para con los trabajadores que ocupen los cargos y
desempeñen funciones laborales para con el Municipio, y de esa forma lograr que sea más eficiente la actividad
teleológica de éste último.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, y de acuerdo a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 146,
147, 148, 149 y 150 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, el H. Ayuntamiento de Colón, Querétaro,
por Mayoría Absoluta y en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 25 veinticinco de junio de dos mil quince, tuvo a bien
aprobar el presente:
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO DEL MUNICIPIO DE COLÓN, QRO.
CONTENIDO
CONCEPTO
PAGINA
OBJETIVO
2
GENERALIDADES
2
MARCO JURÍDICO
2
DEFINICIONES
2
CAPITULO ÚNICO
3
CAPÍTULO 1,
ADMISIÓN Y NOMBRAMIENTO
3

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