Reglamento Interior de Policía de Cadereyta de Montes, Qro.

9 de mayo de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 13971
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, 31, 146, 147, 148, 149,
150, 151 Y 153 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y EN SESIÓN
EXTRAORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 21 DE MARZO DEL 2018, MEDIANTE ACTA NÚMERO 112, PMC -
LEBM-SEC-21032018, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS REGLAMENTO INTERIOR DE POLICÍA DE
LA DIRECCION DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA DE MONTES,
ESTADO DE QUERÉTARO, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
REGLAMENTO INTERIOR
DE POLICÍA
DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO
Cadereyta de Montes, Querétaro.
Pág. 13972 PERIÓDICO OFICIAL 9 de mayo de 2018
REFERENCIA TÉCNICA
Título del documento:
Reglamento Interior de Policía
Fecha de publicación:
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Período Oficial del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga
Objetivo:
Establecer las bases y principios para la operación de la policía en la prestación del servicio público
de seguridad pública dentro de la competencia municipal, así como su organización y funcionamiento
interior.
Definiciones:
I. DIRECTOR Al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
II. CORPORACIÓN A la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
III. DIRECCIÓN A la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
IV. PERSONAL ADMINISTRATIVO Al personal adscrito a la Dirección de Seguridad Pública y
Tránsito Municipal, que encuadre en la fracción II del artículo 8 de éste Reglamento;
V. PERSONAL OPERATIVO Al personal adscrito a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito
Municipal, que encuadre en la fracción III del artículo 8 de éste Reglamento; y
VI. REGLAMENTO - Al Reglamento Interior de la Policía de Cadereyta de Montes, Qro.
VII. LUGARES PÚBLICOS - Aquellos de uso común, acceso público o libre tránsito, tales como
plazas, calles, avenidas, jardines, parques, centros de recreo, unidades deportivas o de
espectáculos, caminos, calzadas, puentes, paseos, andadores y en general las vías de
comunicación dentro del municipio, así como los inmuebles públicos tales como bibliotecas,
museos, teatros, reclusorios, centros de rehabilitación para menores, dispensarios,
hospitales, asilos, guarderías infantiles, lavaderos públicos, los destinados a las
dependencias del gobierno municipal, los que sean de equipamiento urbano y los que
constituyan el patrimonio de las entidades paramunicipales. Se equipararán a lugares
públicos, los medios destinados al servicio público de transporte y todo aquel lugar en que se
esté practicando una diligencia judicial.
A quién aplica:
Al personal adscrito a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Cadereyta de
Montes, Qro.
Documentos relacionados:
I. Manual de Procedimientos Operativos y Administrativos.
II. Ley de Seguridad del Estado de Querétaro.
III. Ley de Procedimientos Administrativos para el Estados y los Municipios.
Firma del Titular:
T.S.U. P. Wilfrido Amaya Aguilar.
Encargado de Despacho en funciones de Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

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