Reglamento de Inspección y Verificación para el Municipio de Cadereyta de Montes.

28 de abril de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 7175
GOBIERNO MUNICIPAL
“REGLAMENTO DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE CADEREYTA DE MONTES.”
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, 31, 146,
147, 148, 149, 150, 151 Y 153 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y EN
SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 07 DE FEBRERO DEL 2017, MEDIANTE ACTA NÚMERO
041, PMC-LEBM-SOC-02082016, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL REGLAMENTO DE
INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE CADEREYTA DE MONTES, QRO, EN LOS
SIGUIENTES TÉRMINOS:
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el
artículo 35 de la Constitución Política, los municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y facultado
para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
2. Que los Municipios pueden regular las materias de su competencia y aprobar las disposiciones
administrativas de observancia general dentro de su jurisdicción, que organicen la administración pública
municipal.
3. Que en la medida que son modificadas las condiciones socioeconómicas de los Municipios, ya sea por el
crecimiento demográfico o por el surgimiento y desarrollo de actividades productivas, los Ayuntamientos deben
adecuar, crear e integrar los ordenamientos legales, figuras y mecanismos necesarios para un eficaz y eficiente
modelo de gobierno.
4. Que resulta importante que el Municipio de Cadereyta de Montes cuente con un reglamento que regule los
procedimientos en materia de inspección y verificación, que además sea de aplicación supletoria para todos
aquellos ordenamientos municipales que requieran de estos procedimientos para corroborar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en ellos o en su defecto, se determinen las infracciones y sanciones que
correspondan, a través de un procedimiento administrativo apegado a Ley de Procedimientos Administrativos
para el Estado y Municipios, que avale las actuaciones de las autoridades municipales, respetando las
garantías de audiencia, legalidad y seguridad jurídica que tiene todo gobernado.
5. Que el propósito del presente reglamento es regular el procedimiento, a efecto de enriquecer y ofrecer
procedimientos claros y efectivos, bajo figuras jurídicas ciertas y definidas que brinden certidumbre jurídica a los
gobernados y legalidad a los actos de autoridad.
6. Que la facultad que la Constitución Federal, la del Estado y la propia Ley Orgánica Municipal del Estado
señala a los Ayuntamientos, debe ser ejercida en un marco de responsabilidad, en un afán de servicio a los
ciudadanos, en actos que brinden certidumbre jurídica a los gobernados y de legalidad y transparencia a los
actos de la autoridad, por lo cual se considera que la presente Iniciativa reúne las condiciones técnicas y
jurídicas apoyadas además en el consenso con las dependencias involucradas en la operación y que permitirán
un mejor desempeño de las tareas de inspección y vigilancia por parte de la autoridad municipal.

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