Resolución de solicitud de registro de la fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el Partido Movimiento Ciudadano, para el proceso electoral 2012.

1 de junio de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6991
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
Corregidora, Querétaro, a trece de mayo de dos mil doce, vistos para resolver la solicitud de registro de la fórmula de
Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el PARTIDO
MOVIMIENTO CIUDADANO, ante este Consejo DISTRITAL VII y:
RESULTANDO
1. Declaratoria de Inicio del Proceso Electoral. En Sesión Extraordinaria del Consejo General de fecha veintiuno de
marzo del año que transcurre, el máximo órgano de dirección del Instituto Electoral de Querétaro emitió la declaratoria
de inicio del proceso electoral ordinario 2012, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 y 102 de la Ley
Electoral del Estado de Querétaro.
2. Integración de los Consejos Distritales y Municipales. Por Acuerdo del Consejo General de fecha veintiuno de
marzo de dos mil doce, y con fundamento en los artículos 65 fracción V, 82 fracciones I y II y, 102 fracción I de la Ley
Electoral del Estado de Querétaro, se aprobó la integración de los consejos distritales y municipales para el proceso
electoral ordinario 2012, designando para ello a los ciudadanos que fungirían como consejeros electorales propuestos
por el Director General; de igual manera, se ratificó la designación de los ciudadanos que ocuparían el cargo de
Secretarios Técnicos, facultándolos para que convocaran a sesión de instalación de sus respectivos órganos
electorales para el día veinticuatro de marzo del año en curso.
3. Presentación Plataforma Electoral. La Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral de
Querétaro, informó a través del sistema INFOPREL a este órgano electoral de la constancia de registro de la
plataforma electoral que sostendrán los candidatos del PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, durante el presente
proceso electoral; por lo que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Electoral del Estado de
Querétaro, dicha fuerza política ha cumplido con el requisito de procedibilidad para solicitar el registro de sus
aspirantes a integrar la fórmula de ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional de
este Municipio.
4. Solicitud de Registro. Que en fecha nueve de mayo de dos mil doce, compareció ANDRES FRANCO RIVERA en
su carácter de Representante Propietario del PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO para solicitar el registro de la
fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional integradas de la siguiente
manera:
Presidente Municipal FERNANDO JULIO CESAR OROZCO VEGA
Síndico Propietario ANDRES FRANCO RIVERA
Síndico Suplente TATIANA CEBALLOS GOMEZ
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa MA. GUADALUPE BOCANEGRA
NAVARRETE
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa ANDREA OROZCO GOMEZ
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa MARTHA ANGELES HERNANDEZ
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa ERIKA NUÑEZ ANGELES
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa CARLOS ERNESTO SUESS LUCIDO
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa MARIA MARGARITA GOMEZ HERRERA
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa RICARDO MORENO VELAZQUEZ
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa MARIA DE LOS DOLORES VELAZQUEZ
PADILLA
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa JOSE RAUL SUZAN LUNA
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa IVAN ZAMORA VELA
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa VIOLETA GARCIA LEDESMA
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa BRENDA VANESSA SANCHEZ GARCIA

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