Resolución de solicitud de registro de la fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática, para el proceso electoral 2012.

1 de junio de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6923
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
Colón, Querétaro, a trece de mayo de dos mil doce, vistos para resolver la solicitud de registro de la fórmula de
Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el PARTIDO DE LA
REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, ante este Consejo MUNICIPAL DE COLÓN y:
RESULTANDO
1. Declaratoria de Inicio del Proceso Electoral. En Sesión Extraordinaria del Consejo General de fecha veintiuno de
marzo del año que transcurre, el máximo órgano de dirección del Instituto Electoral de Querétaro emitió la declaratoria
de inicio del proceso electoral ordinario 2012, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 y 102 de la Ley
Electoral del Estado de Querétaro.
2. Integración de los Consejos Distritales y Municipales. Por Acuerdo del Consejo General de fecha veintiuno de
marzo de dos mil doce, y con fundamento en los artículos 65 fracción V, 82 fracciones I y II y, 102 fracción I de la Ley
Electoral del Estado de Querétaro, se aprobó la integración de los consejos distritales y municipales para el proceso
electoral ordinario 2012, designando para ello a los ciudadanos que fungirían como consejeros electorales propuestos
por el Director General; de igual manera, se ratificó la designación de los ciudadanos que ocuparían el cargo de
Secretarios Técnicos, facultándolos para que convocaran a sesión de instalación de sus respectivos órganos
electorales para el día veinticuatro de marzo del año en curso.
3. Presentación Plataforma Electoral. La Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral de
Querétaro, informó a través del sistema INFOPREL a este órgano electoral de la constancia de registro de la
plataforma electoral que sostendrán los candidatos del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, durante el
presente proceso electoral; por lo que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Electoral del Estado
de Querétaro, dicha fuerza política ha cumplido con el requisito de procedibilidad para solicitar el registro de sus
aspirantes a integrar la fórmula de ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional de
este Municipio.
4. Solicitud de Registro. Que en fecha 08 de mayo de dos mil doce, compareció JOSE CRUZ VIZCAYA AGUILLON
en su carácter de Representante Propietario del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA para solicitar el
registro de la fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional integradas
de la siguiente manera:
Presidente Municipal J. BENITO ANSELMO VIZCAYA AGUILLON
Síndico Propietario MA. ANGELICA FEREGRINO VEGA
Síndico Suplente M. COSME TERESITA LEDEZMA MORALES
Regidor Propietario por el principio de mayoría
relativa JOSE ANTONIO MUÑOZ PEREZ
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa ISRRAEL FERRUZCA MORA
Regidor Propietario por el principio de mayoría
relativa MA. VICTORIA CATALINA ZUÑIGA SANCHEZ
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa SILVIA VIZCAYA AGUILLON
Regidor Propietario por el principio de mayoría
relativa FERNANDO RAMIREZ GUDIÑO
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa JOSE CRUZ VIZCAYA AGUILLON
Regidor Propietario por el principio de mayoría
relativa MARIA ISABEL CLOTILDE TREJO VEGA
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa ANTONIA PAJARO SANCHEZ
Regidor Propietario por el principio de mayoría
relativa LUIS ALBERTO CASAS RAMOS
Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa MIGUEL CASTILLO MARTINEZ
Primer Regidor Propietario por el principio de
representación proporcional J. BENITO ANSELMO VIZCAYA AGUILLON
Primer Regidor Suplente por el principio de
representación proporcional JOSE CRUZ VIZCAYA AGUILLON

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