Reforma al Reglamento interior de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

5 de abril de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3775
GOBIERNO MUNICIPAL
G O B I E R N O M U N I C I P A L
Landa de Matamoros, Qro.
2012-2015
El que suscribe Lic. Joan Leonel Sierra Herrera, Secretario del H. Ayuntamiento de Landa de Matamoros, Qro.,
con fundamento al Artículo No. 47, fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hace
constar y,
Certifica
Que en el Acta Nº 08, de Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 31 de Enero de 2013, se encuentra el
Sexto Punto, mismo que a la letra dice:
SEXTO PUNTO: Presentación y debate sobre la modificación o en su caso, derogación de los artículos
contenidos en el capítulo III del Reglamento interior de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito
Municipal.
Con fundamento en los artículos 141, 142, 143, 144, 145, 146 y 147 del Reglamento interno del
Ayuntamiento del Municipio de Landa de Matamoros, Qro. Y 30, Fracción I de la Ley Orgánica Municipal
para el estado de Querétaro y siendo que de acuerdo a estos ordenamientos la facultad reglamentaria del
municipio recae en el Ayuntamiento.
El H. Ayuntamiento de Landa de Matamoros, Qro. Con la intención de reglamentar de una manera más
amplia y específica el funcionamiento del Consejo de Honor y Justicia, APRUEBA POR UNANIMIDAD la
siguiente:
Reforma al Reglamento interior de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal que hace las
siguientes modificaciones y derogaciones:
Primero: Se reforma el artículo 30 para quedar de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 30: El Consejo de Honor y Justicia tiene a su cargo velar por la honorabilidad, reputación y
justicia en la Corporación, por el prestigio de ella en su conjunto y el de sus integrantes en lo individual,
investigar y sancionar las faltas imputables a los elementos de Seguridad Publica resolver los recursos que
se promuevan en contra de sus propias resoluciones o de las emitidas por la Comisión de Carrera Policial, y
su funcionamiento e integración se regirá por lo dispuesto en el REGLAMENTO DEL CONSEJO DE
HONOR Y JUSTICIA DEL MUNICIPIO DE LANDA DE MATAMOROS, QRO.”

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