Reforma que deroga la fracción VII del artículo 15, y los artículos 4 fracción I, inciso f), 25, 26 y 27 fracciones de la I a la VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, del Municipio de El Marqués, Querétaro.

Pág. 13826 PERIÓDICO OFICIAL 31 de mayo de 2019
GOBIERNO MUNICIPAL
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUES
2018-2021
C. ENRIQUE VEGA CARRILES, PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., HACE SABER A SUS
HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 63, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL, DEL MUNICIPIO EL MARQUÉS, QUERÉTARO; Y
CONSIDERANDO
PRIMERO. El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la autonomía
del municipio libre, mismo que constituye la base de la división territorial y de la organización política y
administrativa de las entidades Federativas. Lo anterior, se fortalece con el artículo 1, 7 y 35 de la Constitución
Política del Estado de Querétaro, que reconoce como base de su organización política y administrativa el
Municipio Libre.
SEGUNDO. Los artículos 59 y 60 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, otorgan
al Ayuntamiento la facultad de derogar o abrogar los Reglamentos Municipales respectivos, de igual forma, se
otorga a las Comisiones que lo integran ésta facultad, permitiendo así la modificación de la reglamentación que
rige dentro del Municipio El Marqués, Querétaro, para otorgarle un mejor funcionamiento a las Secretarías que lo
integran.
TERCERO. Se cuenta a su vez con los artículos 30 fracción I, 146 fracción I, 147, 150 fracciones I y II, 151 y 152
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, mediante el cual se le otorga facultades al Ayuntamiento
para que los ordenamientos jurídicos municipales de observancia general puedan reformarse mediante las
Sesiones Cabildo, en la cual se encuentre presente la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento.
Que, por lo anteriormente expuesto, se aprobó por parte del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., en
Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 04 de abril de 2019, las siguientes:
REFORMA QUE DEROGA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 15 Y LOS ARTÍCULOS 4, FRACCIÓN I, INCISO
F), 25, 26 Y 27 FRACCIONES I A LA VII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRET ARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO.
PRIMERO. El H. Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 150,
fracción I y 151, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, deroga la fracción VII del artículo 15, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social de El Marqués, quedando de la siguiente manera:
SECCIÓN TERCERA
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS
Artículo 15 .- Las principales funciones de la Coordinación de Programas son las siguientes:
VII.- Derogado.
SEGUNDO. El H. Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 150,
fracción I y 151, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, deroga los artículos 4, fracción I, inciso
f), 25, 26 y 27 fracciones I a la VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social de El Marqués,
quedando de la siguiente manera:
Artículo 4.- Al frente de la Secretaría de Desarrollo Social estará el Secretario quien para el despacho de
los asuntos de su competencia se auxiliará de las siguientes Unidades Administrativas:
I.- Dirección General de la Secretaría de Desarrollo Social.
f).- Derogado.

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