Reforma y Adición del Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de El Marqués, Qro.

Pág. 196 PERIÓDICO OFICIAL 5 de enero de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA
FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL EST ADO
DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 07 de J unio de 2017, el H. Ayuntamiento de El Marqués aprobó lo relativo a la
reforma y adición del Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de El Marqués, de la forma siguiente:
“…EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 115 , DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 150,
FRACCIÓN II Y 151, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1.- Que el municipio libre constituye la base de la organización política y administrativa del Estado, pilar de la estructura
gubernamental y representante de los intereses de sus habitantes, por lo que tiene la obligación de guardar, respetar y
regirse por los principios de eficiencia, claridad, eficacia y calidad, asimismo dentro de su respectiva jurisdicción.
2.- Que tal y como lo enmarcan los dispositivos legales el Municipio es gobernado por un Ayuntamiento, integrado por un
Presidente Municipal, Síndicos y Regidores.
3.- El Ayuntamiento es el órgano colegiado de representación popular depositario de la función pública municipal cuyo
propósito será el de reunir y atender las necesidades colectivas y sociales dentro de sus respectivas jurisdicciones.
4.- Que en fec ha 22 de agosto de 2005, se publicó el Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de El Marqués, con
el con el objeto de regular las acciones jurídico administrativas que tienen por objeto eficientar y simplificar el marco jurídico
y los trámites administrativos para elevar la calidad de la gestión pública en beneficio de la población; facilitar la apertu ra,
operación y competencia de las empresas; fomentar la inversión y generación de empleos; y lograr la transparencia,
consulta y justificación de las decisiones regulatorias.
5.- Que mediante oficio recibido en la Secretaría del Ayuntamiento, la Lic. Marcela Pérez Romo Aguilar, Comisionada para
la Mejora Regulatoria d el Municipio de El Marqués, Qro., presenta propuesta de Reglamento del Consejo Municipal para la
Mejora Regulatoria, a efecto de ser remitido al H. Ayuntamiento para su aprobación.
6.- Que a trav és del oficio número SAY/670/2016-2017, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento, remite
a la Dirección Jurídica, la solicitud de la Lic. Marcela Pérez Romo Aguilar, Comisionada para la Mejora Regulatoria del
Municipio de El Marqués, Qro., relativa a la propuesta de Reglamento del Consejo Municipal para la Mejora Regulatoria; a
efecto de que emita opinión técnica en el ámbito de su competencia.
7.- Que mediante oficio DJ/1585/2015 -2018, el Director Jurídico remite a la Secretaría del Ayuntamiento Iniciativa de
reforma y adición al Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de El Marqués, Qro…
8.- Po r instrucciones del C. Mario Calzada Mercado, Presidente Municipal, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario del
Ayuntamiento, mediante oficio número SAY/DT/658/2016-2017, turnó a la Comisión de Gobernación del H. Ayuntamiento de
El Marqués, Qro., la solicitud de Lic. Marcela Pérez Romo Agui lar, Comisionada para la Mejora Regulatoria del Municipio de
El Marqués, Qro., relativa a la propuesta de Reglamento del Consejo Municipal para la Mejora Regulatoria; para su análisis,
discusión y posterior emisión de dictamen.
9.- Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el presente, en base a la Opinión
Técnica e Iniciativa de reforma y adición emitida por la Dirección Jurídica; ello c onforme a lo establecido en el artículo 57 del
Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de El Marqués, mismo que a la letra dice: “…Las comisiones, contarán con la
información y el apoyo administrativo que precisen para el desarrollo de sus trabajos, podrán i gualmente solicitar la
presencia de Servidores Públicos, miembros de la Administración Municipal para que informen sobre asuntos relacionados
con sus respectivas competencias…” en consecuencia, el presente Dictamen se elabora en base a lo señalado técnica y
jurídicamente por parte de la Dirección Jurídica adscrita a la Secretaria del Ayuntamiento, área especializada en los asuntos
jurídicos y de normatividad…”

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