Resolución relativa al recurso de reconsideracion promovido por el Partido Revolucionario Institucional en contra de todos y cada uno de los puntos del orden del día de la sesión del 23 de agosto de 2010, aprobada por el Consejo General en sesión ordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2010.

Pág. 8652 PERIÓDICO OFICIAL 15 de octubre de 2010
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
RECURSO DE RECONSIDERACION PROMOVIDO POR EL PARTIDO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, QUE LO CONSTITUYE EL
DESAHOGO DE LA SESION ORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL
DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETARO CELEBRADA EL 23 DE
AGOSTO DE 2010.
EXPEDIENTE Nº 37/2010
R E S O L U C I O N
Santiago de Querétaro, Qro., a los 30 treinta días del mes de septiembre del dos mil diez.
Vistos para resolver la presente causa dentro del expediente 37/2010, relativo al recurso de
reconsideración interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional, que lo constituye el desahogo de la
sesión ordinaria del Consejo General del Instituto electoral de Querétaro celebrada el veintitrés de agosto de
dos mil diez, por lo que en los términos de los artículos 94 párrafo octavo del Pacto Federal, 1, 2, 3, 4, 5, 60, 61
fracción I, 65 fracción I y XXVII, de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, 24, 58, 59, 60, 61 y 62 de la Ley
de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Querétaro, 1, 86, 87, 88, 101 y 102 del
Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro, se procede a emitir la resolución en los siguientes
términos:
R E S U L T A N D O S
1.- Que mediante oficio SE/311/10, de fecha diecinueve de agosto del dos mil diez, dirigido al Lic. Leonel
Rojo Montes, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el Consejo General del
Instituto Electoral de Querétaro y recibido por el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional
el diecinueve de agosto del mismo año por la C. María Guadalupe Septien, se le hizo del conocimiento la
convocatoria a sesión ordinaria del propio Consejo, la que tendría verificativo el veintitrés de agosto del año en
curso a las trece horas en la Sala de Sesiones del Consejo General, ubicada en Carrizal número once, colonia
Carrizal de la ciudad de Querétaro, enlistando en quince puntos el orden del día propuesto.
2.- Que según el orden del día propuesto y del identificado como catorce, mediante acuerdo del Consejo
General del Instituto Electoral de Querétaro de veintitrés de agosto del dos mil diez, se resolvieron los
expedientes 27/2010, y su acumulado 35/2010, relativo a los recursos de reconsideración interpuestos por el
Partido Revolucionario Institucional, en contra del acta de sesión de Consejo General de fecha treinta y uno de
mayo, aprobada en la sesión del treinta de junio y del acta de sesión del treinta de junio aprobada el treinta de
julio, ambas del año dos mil diez.
3.- El primero de septiembre del dos mil diez, se radicó dentro del expediente 37/2010, el recurso de
reconsideración que ordenó notificación a los terceros interesados e instruyó autorización a funcionarios del
instituto para la notificación de los autos de mérito.
4.- El tres de septiembre del dos mil diez, se levantó constancia de suspensión del procedimiento en la
diversa causa 36/2010.

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