Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, por el que se declara extinta la Comisión Transitoria que fue creada mediante Acuerdo de Consejo General en fecha dieciséis de agosto de dos mil trece.

Pág. 3212 PERIÓDICO OFICIAL 7 de marzo de 2014
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, POR EL QUE SE
DECLARA EXTINTA LA COMISIÓN TRANSITORIA QUE FUE CREADA MEDIANTE ACUERDO DE
CONSEJO GENERAL EN FECHA DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE.
ANTECEDENTES:
I. Reformas a la legislación en materia de candidatos independientes. El veintisiete de julio de dos mil trece,
fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, diversas
modificaciones a la Ley Electoral del Estado de Querétaro y a la Ley de Medios de Impugnación en Materia
Electoral del Estado de Querétaro. El artículo tercero transitorio de las modificaciones indicadas determinó que
el Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, contaba con un plazo de seis meses contado a partir de
la entrada en vigor de la modificación en comento, para expedir las reformas necesarias al Reglamento de
Fiscalización y demás disposiciones administrativas en materia de candidatos independientes.
II. Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro. Mediante sesión extraordinaria de
dieciséis de agosto del año dos mil trece, se aprobó el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de
Querétaro, por el que se crea la Comisión Transitoria que dará cumplimiento al artículo Tercero Transitorio de la
Ley por la que se reforman y adicionan diversos preceptos de la Ley Electoral del Estado de Querétaro y la ley
de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Querétaro”. En el punto tercero de dicha
determinación, se integró la Comisión Transitoria encargada de cumplir el artículo tercero transitorio indicado en
el antecedente inmediato anterior.
Asimismo, en el punto séptimo de dicha determinación se estipuló que la Comisión Transitoria conocería el
proyecto de dictamen relativo a la propuesta de reformas, adiciones y derogaciones de la reglamentación del
Instituto Electoral de Querétaro que le sometería a su consideración la Secretaría Técnica de tal Comisión, lo
cual tendría que acontecer a más tardar el quince de enero de dos mil catorce, a efecto de que una vez
aprobado, fuese puesto en conocimiento del Consejo General por conducto de la Secretaría Ejecutiva en la
sesión ordinaria correspondiente a ese mismo mes y año.
III. Reformas constitucionales en materia de candidatos independientes para los cargos de elección en
las Entidades Federativas. El veintisiete de diciembre dos mil trece, fueron publicadas en el Diario Oficial de la
Federación, diversas reformas y adición a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre
dichas modificaciones se adicionó el inciso o) al artículo 116 del orden fundamental, con la finalidad de
establecer la concurrencia entre las Constituciones y leyes secundarias estatales para que en materia electoral
se fijaran las bases y los requisitos para que los ciudadanos pudieran solicitar su registro como candidatos en
forma independiente, en las elecciones que se celebraran, de conformidad con el artículo 35 de tal Constitución.
En cuanto a la reforma del inciso e) del artículo 116, ésta tuvo por objeto eliminar la contradicción que se
presentaba entre el artículo 35 en su fracción II y la fracción IV del citado artículo 116 constitucional.
IV. Sesión de la Comisión Transitoria en cumplimiento del Acuerdo del Consejo General del Instituto
Electoral de Querétaro. El catorce de enero del año en curso, mediante sesión ordinaria de la Comisión
Transitoria que dará cumplimiento al artículo Tercero Transitorio de la Ley por la que se reforman y adicionan
diversos preceptos de la Ley Electoral del Estado de Querétaro y la Ley de Medios de Impugnación en Materia
Electoral del Estado de Querétaro; se puso en conocimiento y se aprobó por mayoría de los Consejeros
presentes los proyectos de dictamen correspondientes a la adecuación de la normatividad interna del Instituto
Electoral de Querétaro en materia de candidatos independientes.
V. Remisión de los proyectos de dictámenes. Mediante oficio ST-CT/002/14 de fecha veintiuno de enero del
año que transcurre, la Secretaría Técnica de la Comisión Transitoria, remitió a la Secretaría Ejecutiva del
Consejo General, los proyectos de dictamen aprobados en el punto anterior, para que por su conducto se
sometieran al conocimiento del Consejo General, de acuerdo con lo señalado en el artículo 11 fracción VI del
Reglamento respectivo de la Comisión Transitoria de mérito.

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