Programa de Seguridad Pública Municipal de Pinal de Amoles, Qro.

9 de febrero de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4099
GOBIERNO MUNICIPAL
C.P. GLORIA INÉS RENDÓN GARCÍA, C. CESAR OCTAVIO HERRERA BAINI, PROFR. JORGE
ELEUTERIO GALLEGOS AVILA Y EL ING. JOSÉ DAVID HERRERA MEJÍA, PRESIDENTA, SECRETARIA Y
VOCALES DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, POLICIA PREVENTIVA Y TRÁNSITO MUNICIPAL
DEL H. AYUNTAMIENTO DE PINAL DE AMOLES QRO., EN USO DEL DERECHO CONFERIDO POR EL
ARTÍCULO 32 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
ARTÍCULO 60, 61 Y 62 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL H. AYUNTAMIENTO DE PINAL DE AMOLES,
QRO., PRESENTAN EL SIGUIENTE DICTAMEN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL
DE PINAL DE AMOLES, QUERÉTARO.
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35, 36 Y 37 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 38 FRACCIÓN I Y 146, 148 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y
C O N S I D E R A N D O
1.- Que en virtud de lo establecido en el artículo 115 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la propia del Estado, y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, es competencia de los
Ayuntamientos de los Municipios aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida la
Legislatura del Estado, las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
2.- Que el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro establece la competencia
del ayuntamiento para aprobar los bandos de policía y gobierno, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública
municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que
aseguren la participación ciudadana y vecinal.
3.- Que de acuerdo al Reglamento de la Corporación de Policía y Tránsito Municipal de Pinal de Amoles, Qro.,
publicado en el periódico oficial del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” el día 30 de noviembre de
2007, en su artículo 6 fracción I, establece como una de las funciones del Director de Seguridad Pública y
Tránsito Municipal formular el Programa de Seguridad Pública Municipal de acuerdo a lo establecido en el Plan
Estatal de Desarrollo, Plan Municipal de Desarrollo y el Programa Estatal de Seguridad Pública, en el que
deben considerarse las estrategias, indicadores y recursos necesarios para el año en cuestión.
4.- Que es un compromiso del Ayuntamiento de la administración 2015-2018 trabajar en reglamentos y
disposiciones administrativas de observancia general enfocadas a la seguridad pública en el Municipio, que
permitan mantener el estado de derecho, que este compromiso se refleja en el Plan Municipal de Desarrollo de
la Administración 2015-2018, en el eje 4 Gobierno Competitivo, 4.5 seguridad pública y cultura de protección
civil, en su línea de acción marcada con el número 1 y 4.
5.- Que en virtud de lo señalado por el artículo 146 fracción II, 147, 148 y 149 de La Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro es facultad de este Ayuntamiento organizar el funcionamiento de la Administración Pública
Municipal, su estructura y su regulación sustantiva y adjetiva en las materias de su competencia, a través de
bandos, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás documentos que contengan disposiciones
administrativas de observancia general y obligatoria para el municipio; por tal razón, y debido a las
consideraciones anteriores resulta necesario expedir el Programa Municipal de Protección Civil.
A N T E C E D E N T E S
1. Con la finalidad de que se realizara el análisis y estudio de la propuesta del Programa de Seguridad
Pública Municipal de Pinal de Amoles, Qro., para emitir el dictamen correspondiente, en fecha veinticuatro de
Enero del año dos mil dieciocho, se llevó a cabo la mesa de trabajo de la Comisión de Seguridad Publica,
Policía Preventiva y Tránsito Municipal, estando presentes todos los integrantes de esta comisión, además de
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estar presentes los síndicos municipales Lic. Omero Guerrero García, Profa. Marivel Carranza Silva y los
regidores C. Elvia Cruz González, Lic. Susana Rivera Guerrero.
2. Que de la mesa de trabajo de esta comisión, no se determinaron observaciones.
P U N T O S R E S O L U T I V O S
ÚNICO. SI BIEN ES CIERTO QUE EL H. AYUNTAMIENTO ES EL ORGANO FACULTADO PARA LA
APROBACION DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL DENTRO DEL
MUNICIPIO, ES DE APROBARSE EL PRESENTE DICTAMEN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD PUBLICA
MUNICIPAL DE PINAL DE AMOLES, QRO.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Túrnese el presente Programa de Seguridad Pública Municipal de Pinal de Amoles, Qro., al
Pleno del H. Ayuntamiento, para que en Sesión de Cabildo sea sometido a discusión y aprobación por quienes
lo integran, tomándose para ello en consideración el presente dictamen emitido la Comisión de Seguridad
Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal.
SEGUNDO. Publíquese el presente acuerdo en el periódico Oficial del Estado “La Sombra de Arteaga” y en la
Gaceta Municipal de Pinal de Amoles, Qro.
TERCERO. Dicho Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los medios de difusión
precisados en el Transitorio anterior.
CUARTO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente reglamento.
SE EMITE EL PRESENTE DICTAMEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS
MIL DIECIOCHO, EN EL SALÓN DE CABILDO UBICADO EN LA PRESIDENCIA MUNICIPAL EN ESTA
CIUDAD DE PINAL DE AMOLES, QRO.
COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, POLICIA PREVENTIVA Y TRANSITO MUNICIPAL
C.P. GLORIA INÉS RENDÓN GARCÍA
Presidenta de la Comisión
C. CESAR OCTAVIO HERRERA BAINI
Secretario
PROFR. JORGE ELEUTERIO GALLEGOS AVILA
Vocal
ING. JOSÉ DAVID HERRERA MEJÍA
Vocal

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