Vistos para resolver sobre el Recurso de Reconsidreción interpuesto pro el Partido del Trabajo, en contra de la Resolución de fecha de cinco de mayo del presente, dictada por este Organismo Electoral, en la que se aprueba el registro de la fórmula de Diputado, presentada por el Partido Convergencia, para contender en el proceso electoral del año 2003, y: ---

Pág. 2730 PERIODICO OFICIAL 18 de junio de 2003
regidores por el principio de representación proporcional por el Partido Liberal Mexicano para el proceso electoral del año
2003.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Segundo.- El trámite dado al recurso fue el correcto, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 261, 262 y 263 de la Ley
Electoral en vigor en el Estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Tercero.- Con fundamento en los considerandos del primero al sexto es de confirmarse y se confirma la resolución de fecha
5 de mayo del año 2003, misma que aprueba el registro de la Fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el Principio
de Representación Proporcional presentada por el Partido Liberal Mexicano, integrada por los C.C. PRISCILIANO PAS-
CUAL VALDEZ, JACINTO SANTIAGO GARCIA y MA. GUADALUPE MALDONADO MORENO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Cuarto.- Comuníquese al Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, la presente resolución, remitiéndose al efec-
to copias certificadas de la misma, para los efectos legales correspondientes y su publicación en el Periódico Oficial de Go-
bierno del Estado “La Sombra de Arteaga”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Quinto.- Notifíquese en los términos de los artículos 176, 177, 180 y demás relativos a la Ley Electoral del Estado de Que-
rétaro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Así lo resolvieron y firmaron los CC. MARIA TERESITA IRMA ABOYTES MORALES, ROSA EUGENIA BECERRA RODRÍ-
GUEZ, AGUSTÍN ADOLFO MARÍN OJEDA, EDUARDO UGALDE AYALA Y FRANCISCO RODOLFO VALDEZ SALDIVAR
en sesión extraordinaria del Consejo Distrital VIII, quienes actúan ante la C. LIC. LIDIA AURORA LOPEZ NÚÑEZ, quien
autoriza y da fe, habiendo presidido la sesión la primera de las nombradas.- Doy fe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Dado en el Municipio de Amealco de Bonfil , Qro; a los treinta días del mes de mayo del año dos mil tres DOY FE.- -
El C. Secretario Técnico de este Consejo Distrital VIII del Instituto Electoral de Querétaro, HACE CONSTAR : - - - - - -
Que el sentido de la votación en la presente resolución fue como sigue:
SENTIDO DEL VOTO
NOMBRE DEL CONSEJERO A FAVOR EN CONTRA
C. ABOYTES MORALES MARIA TERESITA IRMA X
C. BECERRA RODRÍGUEZ ROSA EUGENIA X
C. MARÍN OJEDA AGUSTÍN ADOLFO X
C. UGALDE AYALA EDUARDO X
C. VALDEZ SALDIVAR FRANCISCO RODOLFO X
MARÍA TERESITA IRMA ABOYTES MORALES LIC. LIDIA AURORA LÓPEZ NÚÑEZ
Presidente del Consejo Distrital VIII
Amealco de Bonfil
Rúbrica
Secretario Técnico del Consejo Distrital VIII
Amealco de Bonfil
Rúbrica

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