Presupuesto de Egresos del Municipio de Tolimán, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2018.

Pág. 894 PERIÓDICO OFICIAL 10 de enero de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO ANTONIO DE SANTIAGO HERNÁNDEZ, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE TOLIMAN, QRO; EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 47 FRACCION IV
DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO:
C E R T I F I C A:
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 22 de diciembre del 2017, el H. Ayuntamiento del Municipio de Tolimán, Qro;
aprobó el acuerdo relativo al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal del año 2018, del Municipio de Tolimán, Qro., e l
cual señala textualmente a continuación
Miembros del Ayuntamiento de Tolimán, Qro.:
“CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS AR TÍCULOS 6, 115 FRACCIONES I, II Y IV, 126 Y 134 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 14 PARRAFO SEGUNDO Y 35 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 3, 22, 23 PARRAFO SEGUNDO, 38 DE LA LEY PARA EL
MANEJO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN XI, 38 FRACCIÓN II, 48
FRACCIÓN VI, 110, 111, 112, 113, 115 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
CORRESPONDE A ESTE H. CUERPO COLEGIADO CONOCER Y RESOLVER EL ACUERDO POR EL QUE SE
APRUEBA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE TOLIMAN, QRO.PARA EL EJERCICIO 2018, Y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que el Municipio es la institución jurídica, política y social, que tiene como finalidad organizar a una comunidad en
la gestión autónoma de sus intereses de convivencia primaria y vecinal, integrado y regido por un Ayuntamiento,
órgano colegiado de representación popular, pilar de la estructura gubernamental y representante de los intereses
de los habitantes del Municipio, el cual a través de la facultad representativa, consagrada en la Constitución
Federal y Local, así como por las leyes y disposiciones reglamentarias; expide disposiciones administrativas que
organizan la Administración Pública Municipal
2. Que artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, artículo 31, segundo párrafo, de la
Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro señalan que “No podrá hacerse pago alguno
que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por ley posterior”.
3. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo , fracción I, que: “toda la
información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo
y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona
física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal,
estatal y municipal, es pública”. Asimismo instituye el principio de máxima publicidad al cual se ceñirá en todas las
partidas del Presupuesto de Egresos.
4. Que la Constitución Política del Estado de Querétaro, en su artículo 14 en su párrafo segundo prevé que toda
contribución se destinará al gasto público y estará prevista en la Ley correspondiente. Así mismo, establece que
toda erogación deberá sujetarse al Presupuesto de Egresos y demás disposiciones aplicables.
5. Que la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro en su artículo 44, establece que el
Presupuesto de Egresos del Municipio, constituye la expresión e conómica de la política gu bernamental y será el
que esté contenido en el Presupuesto del Municipio para el ejercicio fiscal que corresponda, que apruebe el
Ayuntamiento.
6. Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, en sus artículos 6 4 a 67,
establecen que se debe tener un portal en internet, el cual debe rá contener entre otros aspectos- el ejercicio del
presupuesto de egresos desglosado, los estados de situación financiera, documentación contable, estados de
actividades que permitan reflejar la situación financiera del Municipio
7. Que el Presupuesto de Egresos es el instrumento técnico y político en el que el Municipio expresa las prioridades
de su gestión, para dar respuesta al encargo que recibió de la sociedad. El presupuesto privilegia el gasto social
sobre el gasto administrativo y se construye sobre los principios de:
Equilibrio presupuestal entre los ingresos y los egresos
Austeridad, disciplina y racionalidad en el gasto
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8. Que con base en lo que establece el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, el titular de
la Dependencia Encargada de las Finanzas Públicas, tendrá a su cargo la recaudación de los ingresos municipales,
así como su erogación de c onformidad con los planes y progra mas aprobados. Asimismo, de conformidad co n el
artículo 106 del ordenamiento jurídico antes señalado, el cual, establece que el titular de la Depende ncia
Encargada de las Finanzas Públicas, es el responsable de la elaboración de los proyectos de i niciativa de Ley de
Ingresos y del Presupuesto de Egresos del municipio.
9. Que, Asimismo, para la elaboración del presente presupuesto, en términos de la Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro y de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, se tomó en
consideración lo siguiente:
Objetivos y Prioridades señalados en el Plan de Desarrollo Municipal.
El Plan de Desarrollo Municipal 2015-2018, plasma el esfuerzo participativo a través del cual se establecen los
diagnósticos, estrategias, objetivos y líneas de políticas p úblicas que deberá seguir la administración, mismos qu e
son la base de los diferentes programas y proyectos que se implementaran para el desarrollo social con principios
de honestidad, equidad, pluralidad, desarrollo humano, perspectiva de género y sustentabilidad; todo esto a través
de cuatro ejes estratégicos de Gobierno: I.- ESTADO DE DERECHO, GOBERNABILIDAD Y SEGURIDAD; II.-
CRECIMIENTO ECONOMICO, COMPETIVIDAD Y E MPLEO; III.- DESARROLLO EDUCATIVO, SOCIAL Y
HUMANO; Y IV.- GOBIERNO HONESTO Y DE RESULTADOS.
Estrategias y propósitos a lograr, el presupuesto de eg resos que se plantea tiene como una de sus premisas el
privilegiar el gasto s ocial sobre el administrativo, para con ello beneficiar al mayor número de habitantes del
Municipio de Tolimán, Querétaro.
10. El Presupuesto que se propone observa los principios de transparencia y rendición de cuentas, razón por la que
tiene c omo estructura la prevista en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro y la Ley de Acceso a la información Gubernamental del Estado de
Querétaro, por lo que se pondrá a disposición de la sociedad en Internet el comportamiento del gasto de
conformidad con los acuerdos emitidos por parte del Consejo Nacional de Armonización Contable
11. El presupuesto de egresos refleja el compromiso de la actual administración municipal con la soc iedad de
garantizar la seguridad y el estado de derecho de sus habitantes, así como el desarrollo sustentable y social,
impulsando proyectos de infraestructura y equipamiento urbano, mediante la participación social.
12. Que para efectos del Presupuesto de Egresos del Municipio de Tolimán, Querétaro para el Ej ercicio Fiscal del año
2018, se entiende por:
a) Gasto Administrativo: Las erogaciones que se realizan para la gestión administrativa, así c omo los pagos por
concepto del servicio y amortización de la deuda pública.
b) Gasto Social: Las erogaciones orientadas directamente a los servicios de seguridad, salud, educación, asistencia
social, concertación, cultura, re creación, deporte, investigación, in versión pública, transferencias, as ignaciones,
subsidios, y otras ayudas. Asimismo, incluye la inversión en obras y acciones.
13. Que el 31 de diciembre del 2008 se publicó y se modificó con fechas 12 de noviembre del 2012, 09 de diciembre de
2013, 30 de diciembre de 2015, 27 de abril de 2016 y 18 de julio del 2016 en el Diario Oficial de la Federación la
Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene por objeto establecer los criterios generales que
regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de
lograr su adecuada armonización
14. Que, en términos del artículo 6 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC) es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad
gubernamental, el cual establece las normas, metodologías, clasificadores y los formatos, con la estructura y
contenido de la información, para armonizar la elaboración y presentación de los documentos señalados en este
artículo, y así cumplir plenamente con las obligaciones de información previstas en esta Ley.
15. Que el 27 de abril de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios (LDF), la cual tiene por objeto establecer los criterios generales de
responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus
respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas.
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16. Que la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios dispone en su numeral 8 que,
toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la
correspondiente iniciativa de ingreso o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto, asimismo
establece que no procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por
ley posterior o con cargo a Ingresos excedentes. La Entidad Federativa deberá revelar en la cuenta pública y en
informes que peri ódicamente entreguen a la Legislatura local, la fuente de ingresos con la que se haya pagado el
nuevo gasto, distinguiendo el Gasto etiquetado y no etiquetado..
17. Que el Municipio de Tolimán, Qro. da cumplimiento a lo ordenado en el numeral 10 fracción I de la Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en virtud de que el cálculo del incremento de
los servicios personales para el ejercicio fiscal 2018, se determinó en base a los criterios generales de política
económica emitida por el Ejecutivo Federal, contemplando el c recimiento real, más la inflación proyectada al cierre
del ejercicio fiscal.
18. De igual forma, d ando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley para el Manejo de los Recursos
Públicos del Estado de Querétaro, se exponen los motivos generales que permiten la formulación del presente
Proyecto:
a) Condiciones económicas, financieras y hacendarias.
Durante el presente ejercicio, se estima que el crecimiento del Producto Interno Bruto sea de entre 2.0% y 3.0%, la
inflación alcance el 3.5% anual. Las expectativas económicas para 2018 estiman un crecimiento del Producto
Interno Bruto de entre 1.8% y 3.0%, y de la inflación en 3.6%.
b) Situación de la Deuda Pública
Con respecto al cierre de los ejercicios 2016 y 2017, el municipio de Tolimán, Qro., no se cuenta con Deuda
Pública adquirida y para el Ejercicio 2018, no se tiene contemplado el contratar Deuda Pública.
c) Ingresos y gastos reales.
Los ingresos recaudados del 01 de octubre del 2016 al 30 de septiembre del 2017, ascendieron a $134,531,642.81
(Ciento treinta y cuatro millones quinientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y dos pesos 81/100 m.n.)., y los
egresos para el referido periodo ascendieron a $168,211,209.76 (Ciento sesenta y ocho millones doscientos once
mil doscientos nueve pesos 76/100 m.n.).
d) Condiciones laborales
En referencia al subsidio correspondiente a los impuestos sobre sueldos otorgado por parte del Municipio, éste, se
continuará concediendo en beneficio de los trabajadores al servicio del Municipio de Tolimán,
e) Estimación de ingresos y egresos para el ejercicio fiscal 2018
Con el fin de mantener el equilibrio en las finanzas públicas, se propone que para el ejercicio fiscal 2018, el
Presupuesto de Egresos para el Municipio de Tolimán, Qro., ascienda a $140,099,764.00 (Ciento cuarenta millones
noventa y nueve mil setecientos sesenta y cuatro pesos, 00/100 M.N).cifra igual a la estimada en la Ley de
Ingresos para el mismo ejercicio fiscal, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga”, el día 22 de Diciembre de 2017, dando con ello cumplimiento a dicho equilibrio.
f) Reporte de saldo de cuentas bancarias al 30 de septiembre de 2017
SALDOS CUENTAS BANCARIAS AL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2017
ORIGEN
DESTINO
EFECTIVO
670,067.59
PRESUPUESTO DE
EGRESOS
BANCOS MONEDA NACIONAL
4,307,720.50
PRESUPUESTO DE
EGRESOS
INVERSIONES EN MONEDA NACIONAL
36,641,017.96
PRESUPUESTO DE
EGRESOS
TOTAL
41,618,806.05
g) Criterios Generales:
I. Equilibrio presupuestal: Implica que todo gasto deberá estar respaldado por el ingreso que hace posible su
realización.

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