Presupuesto de Egresos del Municipio de Arroyo Seco, Qro., para el ejercicio fiscal 2015.

Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL 2 de enero de 2015
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO FERNANDO SANCHEZ GIL, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE ME C ONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el 29 de di ciembre de 2014, el Ayuntamiento de Arroyo Seco, Querétaro.
tomó, por unanimidad de votos, en el punto número 4 (cuatro) del Orden del Día, el Acuerdo por el que se aprueba el
Dictamen 025/2014, que emite la Comisión Permanente de Dictamen de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
respecto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2015, el cual textualmente señala:
“Con fundamento en lo previsto por los Artículos 115 fracción IV, de la Ley Suprema d e la Nación; Articulo 35 de la
Constitución Política d el Estado de Querétaro; 1 fracción I, 2, 7, fracción II y V 33, 34, de la Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 2, 30 fracción XI, 36, 38 fracción II, 48 fracciones I y VI, 102, 110, 111,112, 113,
114 y 115 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 24, 30 y 37 fracción I del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Arroyo Seco, Queréta ro, esta Comisión se avocó al análisis y estudio de referencia, presentando a este
Cuerpo Colegiado el dictamen correspondiente, en base a los siguientes:
ANTECEDENTES
UNO: Que en fecha 3 de Diciembre de 2014, el LIC. FERNANDO SÁNCHEZ GIL, con la personalidad de Secretario del
Ayuntamiento de Arroyo Seco, Querétaro, turnó a esta Comisión Permanente de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
con ánimos de análisis, evaluación y consulta, EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE
ARROYO SECO, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.
DOS: Que en fecha 5 de Diciembre de 2014 esta Comisión, en sesión de trabajo se avocó al análisis y estudio del Pro yecto
en referencia, y
CONSIDERANDO
a) Que el artículo 115 fracción II y IV de nuestra Carta Magna, establece que los Municipios están investidos de
personalidad jurídica y manejan su patrimonio c on forme a la ley; de igual manera establece que los municipios
administraran libremente su hacienda. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base a sus
ingresos disponibles, y debe rán inclui r en los mismos, tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los
servidores públicos. En este mismo sentido el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se
contempla que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno del aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.
b) Que el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que no podrá hace rse pago
alguno que no esté comp rendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior y, en relación con el artículo 14 de la
Constitución Política del Estado de Querétaro, señala que toda erogación deberá sujetarse al Presupuesto de Egresos y
demás disposiciones aplicables; así también el artículo 24 párrafo segundo de la Ley para el Manejo de los Recursos
Públicos del Estado de Querétaro señala que los sujetos de esta ley no podrán efectuar ningún egreso que no haya sido
presupuestado y aprobado.
c) Asimismo en los artículos 22 y 23 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro,
establecen que el Presupuesto de Egresos de cada municipio, constituye la ex presión económica de la política
gubernamental y será el aprobado por los ayuntamientos, conforme a lo establecido en la respectiva ley que determina las
bases generales para la organización municipal. Los ayuntamientos se ocuparán del estudio, dictamen y aprobación de su
respectivo Presupuesto de Egresos del municipio, verificando que exista un equilibrio entre los ingresos proyectados y los
gastos que se pretenden erogar en ese periodo presupuestal.
que serán las Contralorías o los Órganos Internos de Control, quienes vigilarán y verificarán el correcto y transparente
ejercicio del gasto público, sin detrimento de las facultades constituc ionales que correspondan al Poder Legislativo del
Estado.
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e) Que de conformidad en lo dispuesto en el artículo 6 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, toda información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal,
es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes.
f) Que el artículo 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece que los entes públicos elaborarán y
difundirán en sus respectivas páginas de internet documentos dirigidos a la ciudadanía que expliquen, de manera sencilla y
en formatos accesibles, el contenido de la información financiera enunciada en el artículo 61 de la citada ley. En el mismo
rubro la Ley de Acceso a la Información Gubernamental en el Estado de Querétaro, en su artículo 7, fracciones IV, VI y VII,
establece que el Municipio debe Transparentar en un portal de internet, el ejercicio del presupuesto de egresos desglosado,
los balances, estados financieros y en general toda la información que refleje el estado financiero del Municipio.
Contribuyendo con ello en el principio de máxima publicidad bajo el cual se ceñirá en todas y cada una de las partidas del
Presupuesto de Egresos del municipio de Arroyo Seco para el ejercicio fiscal 2015.
g) En apego a lo previsto en los Artículos 6 y 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que señalan la
obligatoriedad de que los entes públicos adopten e implementen, en el ámbito de sus respectivas competencias, las
decisiones que tome el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), órgano de coordinación en la materia,
emisor de normas y lineamientos para la generación de información financiera, el Gobierno del Municipio de Arroyo Seco se
suma a este proyecto nacional, por ello continuamos impulsando las acciones necesarias para ir modificando y adaptando el
sistema presupuestario, acorde con los clasificadores presupuestarios que ha venido emitiendo dicho Consejo.
h) Que con fundamento en el artículo 51 y 52 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de
Querétaro, en el año en que se renuevan las administraciones munici pales, en el presupuesto de egresos se establecerá
una partida destinada a gastos de transición, y que será del uno por ciento del presupuesto destinado a gasto corriente
mensual promedio correspondiente a los primeros seis meses, sin incluir las partidas de servicios personales.
i) Con base en lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, el titular de la
Dirección de Finanzas, es el encargado de las finanzas públicas, por lo que tiene a su cargo la recaudación de los ingresos
municipales, así como su erogación de acuerdo con los planes y programas aprobados. Asimismo, de confo rmidad con los
artículos 106 y 110 del ordenamiento jurídico antes señalado, será el responsable de llevar a cabo la elaboración de los
proyectos de iniciativa de Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos del municipio p ara el ejercicio fiscal 2015 previa
solicitud de propuestas de las diferentes dependencias, a fin de someterlos a la consideración y aprobación del
Ayuntamiento.
j) Que para la elaboración de este proyecto de Presupuesto de Egresos la Dirección de Finanza s Publicas Municipales
modifica y adapta la presentación de la iniciativa, para hac erlo conforme a la s disposiciones emitidas por el Consejo
Nacional de Armonización Contable (CONAC), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y de la Ley para el
Manejo de los Recursos Públicos, lo que garantiza el orden y transparencia en la aplicación de los recursos públicos,
condiciones que se traducen en rendición de cuentas; Tomando para ello las siguientes consideraciones:
1) De manera muy especial los ejes de desarrollo, compromisos, objetivos y prioridades señalados en el Plan de
Desarrollo Municipal 2012-2015 documento rector del Proceso de Programación -Presupuestación, a través de sus cinco
ejes rectores: Cuidado del Medio Ambiente, Desarrollo Social y Cultural, Desarrollo Humano, Desarrollo Económico
Sustentable y Gobernabilidad y Transparencia en el Manejo de los Recursos.
2) Condiciones económicas, financieras y hacendarias, así como de la aprobación de la iniciativa de Ley de Ingresos del
Municipio de Arroyo Seco, Querétaro, aprobada en Sesión de Cabildo de fecha 10 de Noviembre del 2014, por un importe
total de $ 91,019,205.00 ( noventa y un millón diecinueve mil doscientos cinco pesos 00/100 m/n)
3) Ingresos y Gastos del 1 de octubre de 2013 al 31 de octubre de 2014
Los ingresos registrados por el municipio en este periodo fueron $ 137,733,965.7 pesos. Los gastos del mismo período
ascendieron a la cantidad de $ 138,828,844.84 pesos.
4) Estrategias y propósitos a lograr
El presupuesto de egresos que se plantea tiene como una de sus premisas el privilegiar el gasto social sobre el
administrativo, para con ello beneficiar al mayor número de habitantes del Municipio de Arroyo Seco, Querétaro.
El Presupuesto que se propone ob serva los principios de t ransparencia y rendición de cuentas, razón por la que tiene como
Estado de Querétaro y la Ley Estatal de Acceso a la información Gubernamental del Estado de Querétaro, por lo que se
pondrá a disposición de la sociedad en Internet el comportamiento del gasto de conformidad con los acuerdos del Consejo
Nacional de Armonización Contable.

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