Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008, del Municipio de Landa de Matamoros, Qro.

Pág. 1030 PERIODICO OFICIAL 8 de febrero de 2008
GOBIERNO MUNICIPAL
EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE LANDA DE MATAMORORS, QRO; EN
EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN IV , ULTIMO
PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79, 83, 86 y
87 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERETARO ARTEAGA;
Y 30 FRACCIONES VII, XI; 38 FRACCIÓN II, 110, 111, 112, 113 Y 115 DE LA LEY PARA LA
ORGANIZACION POLITICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERETARO,
C O N S I D E R A N D O
1. Que el Ayuntamiento del Municipio de Landa de Matamoros , Querétaro, atendiendo a lo dispuesto
por el artículo 30 fracción XI de la Ley Para la Organizacion Politica y Administrativa del Municipio Libre
del Estado de Querétaro, es competente para formular y aprobar su Presupuesto de Egresos del
Municipio para cada ejercicio fiscal, con base en sus ingresos disponibles sujetándose para ello a las
normas contenidas en ésta y en las demás leyes aplicables.
2.Que conforme a lo dispuesto por el artçiculo 113 del citado cuerpo legal, una vez aprobada la Ley de
Ingresos por la Legislatura del Estado, el Ayuntamiento aprobará su Presupuesto de Egresos, de
manera congruente con su Ley de Ingresos, el cual será publicado en los términos de la referida ley.
3. Que el Tesorero, es el responsable de la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos, el cual
es un plan financiero de las acciones a realizar por la administración municipal para el período
comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2008.
4. Que el Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2008 se sustenta en el principio de equilibrio
presupuestal contenido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
87 de la Particular del Estado de Querétaro Arteaga, ya que los egresos se efectuarán tomando en
consideración los ingresos previstos en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2008.
5. Que el Presupuesto de Egresos para el año 2008, se presenta en partidas específicas y detalladas; las
cuales se encuentran agrupadas en dos grandes apartados: Gasto Administrativo y Gasto Social en la
forma que se establece en el cuerpo del propio Presupuesto de Egresos.
PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El Presupuesto de Egresos del Municipio de Landa de Matamorors, Querétaro; para el año
2008, comprende del 01 de enero al 31 de diciembre del mismo año, debiéndose ajustar su ejercicio a
los lineamientos generales que emita el H. Ayuntamiento en cuanto a su ejercicio y a los lineamientos
que emitan la Tesorería y la Oficialía Mayor en cuanto a fechas límites de compras y pagos para efectos
del cierre del ejercicio.
ARTÍCULO 2. El ejercicio y control del Presupuesto de Egresos 2008 se sujetará a lo dispuesto en la Ley
para el Manejo de los Recursos Públicos y en la normatividad aplicable vigente, así como a las
disposiciones contenidas en el presente Presupuesto. En todos los casos, los oficios de autorización de
recursos para obras y acciones de cualquier fondo o programa serán emitidos por la Tesorería
Municipal, queda estrictamente prohibido a cualquier dependencia emitir oficios de autorización de
recursos.
8 de febrero de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1031
CAPÍTULO SEGUNDO
POLÍTICA PRESUPUESTARIA
ARTÍCULO 3. La política presupuestaria tiene como finalidad señalar los criterios de referencia que se
considera necesario sean tomados en cuenta para la integración del presupuesto.
ARTÍCULO 4. Los criterios generales para el presupuesto del Municipio de Landa de Matamoros, Qro;
son los siguientes:
I. El Presupuesto de Egresos del Municipio mantiene un equilibrio financiero con los ingresos que
tendrá el Municipio en el ejercicio, por lo cual el monto total del primero corresponde al monto de
recursos que fue aprobado por la Comisión de Planeación y Presupuesto de la LV Legislatura del
Estado en la Ley de Ingresos para el mismo periodo.
II. En los ingresos del Municipio, el escenario que se proyecta para el 2008 es de un crecimiento nominal
mínimo, lo cual implica un reducido incremento en términos reales.
III. La propuesta en términos del monto global de presupuesto, debe ser congruente con el escenario
financiero planteado en los criterios anteriores.
ARTÍCULO 5. Los criterios específicos para el ejercicio del Presupuesto Municipal son los siguientes:
CRITERIOS SOBRE PRIORIDADES PROGRAMÁTICAS.
1. La asignación de recursos toma como referencia las prioridades establecidas por el H. Ayuntamiento.
2. El presupuesto de egresos del Municipio se financia principalmente con los recursos provenientes de
la federación una gran parte de estos llegan al Municipio etiquetados para su aplicación en rubros
específicos de gasto, o implica una contraparte de recursos municipales que deben ser aportados para
la recepción de recursos federales.
3. Dentro del gasto Municipal las prioridades programáticas se enfocarán a la realización de trabajos en
tres vertientes:
a) Los recursos necesarios para cumplir con las metas establecidas en el Plan Municipal de Desarrollo.
b) Los Recursos necesarios para garantizar las prioridades de la Administración Municipal en materia
de servicios y mantenimiento de la infraestructura social municipal; incluyendo los recursos para
atender a grupos vulnerables mediante el impulso de las acciones para la asistencia social, atención a la
niñez y el apoyo a la mujer y a la juventud.
c) Los Recursos para el desarrollo de los programas y obras que la ciudadanía ha demandado y que son
los compromisos de este Gobierno 2006-2009.
Las asignaciones se presupuestan tomando como referencia las condiciones del ejercicio 2007
CRITERIOS PARA EL PRESUPUESTO EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA.
1. Continuar las obras en proceso que se encuentran debidamente autorizadas
2. Mantenimiento y Ampliación de la Infraestructura Social Municipal, conforme a la siguiente prioridad:
a) Drenaje, Letrinas, Alcantarillado y la infraestructura de caminos rurales;
b) Urbanización Municipal, incluyendo como prioridad uno de este rubro el alumbrado público por virtud
de estar íntimamente ligado al abatimiento de índices de inseguridad;

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