Dictamen técnico relativo a la autorización de la licencia de ejecución de obras de urbanización de la etapa I y nomenclatura del fraccionamiento de tipo popular denominado “Rancho San Pedro 2”, Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto, Municipio de Querétaro, Qro.

3 de diciembre de 2010 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10581
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS
HUMANOS; 30 FRACCIÓN II INCISO D Y F, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 4 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERETARO;
1°, 14 FRACCIÓN III, 16 FRACCIONES I, V, VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82,
92, 99, 100 FRACCIÓN I INCISO A), 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 Y
152 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO
MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL ACUERDO DE
CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE FACULTADES A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados
para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de
competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto por el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para
regular en forma sustantiva y adjetiva las materias de su competencia, a través de bandos, reglamentos,
decretos, acuerdos, circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de
observancia general y obligatoria en el municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código
Municipal de Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de
2003 por el que se crea la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la
encargada de regular el ordenado crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 02 (dos) de octubre de 2009 (dos mil nueve), el H.
Ayuntamiento del Municipio de Querétaro aprobó el delegar facultades a la Secretaría de Desarrollo
Sustentable Municipal para emitir autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en el
Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” en fecha 06 (seis) de Noviembre del 2009 (dos mil nueve), y en
atención al artículo 4 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, ésta
Secretaría se encuentra legalmente facultada para la emisión del presente acto administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Arq. Francisco Xavier de Mucha Apango, representante legal de
la Empresa denominada “Constructora y Urbanizadora Ara”, S. A. de C. V., solicita la Autorización de la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa I y Nomenclatura del fraccionamiento
de tipo popular denominado “Rancho San Pedro 2”, ubicado en la Fracción 4-B, resultante de la
subdivisión de la Fracción 4 del predio rústico conocido como resto de la fracción del Casco de la Finca
de San Pedro Mártir, ubicado en la Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad, y requiere
a esta autoridad administrativa para que determine lo conducente, apoyado en el siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante la Escritura Pública número 10,839 (diez mil ochocientos treinta y nueve), de fecha 23
(veintitrés) de mayo de 1985 (mil novecientos ochenta y cinco), pasada ante la Fe del Lic. José Víctor
Reynoso Pablos, Notario Público número 1 del Estado de México, comparecieron los señores Luis Felipe
Ahumada Russek, Germán Ahumada Russek, Fausto Villanueva López, Eleazar Elizalde Gutiérrez y
Eduardo Alberto Olivares López, para llevar a cabo la constitución de la sociedad mercantil denominada
“Constructora y Urbanizadora Ara”, S. A. de C. V.

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