Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de protección agrícola de riego a mixto, con densidad de 250 Hab/Ha., para la fracción II, de la Parcela 39 Z-1 P2/4 del Ejido El Retablo, Municipio de Corregidora, Qro. 2012

Pág. 2012 PERIÓDICO OFICIAL 11 de febrero de 2011
GOBIERNO MUNICIPAL
EL SUSCRITO CIUDADANO LIC. FRANCISCO TREJO MANZANARES, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE
CORREGIDORA, QRO., EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN
IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 75 FRACCIONES V Y VI DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., HAGO CONSTAR Y
C E R T I F I C O
QUE EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 29 (VEINTINUEVE) DE SEPTIEMBRE DE 2009
(DOS MIL NUEVE), EL H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., APROBÓ EL ACUERDO RELATIVO AL
CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN AGRÍCOLA DE RIEGO A MIXTO, CON DENSIDAD DE 250
HAB/HA., PARA LA FRACCIÓN II, DE LA PARCELA 39 Z-1 P2/4 DEL EJIDO EL RETABLO, MUNICIPIO DE
CORREGIDORA, QRO., CON SUPERFICIE DE 21,191.91 M2, MISMO QUE SE TRANSCRIBE TEXTUALMENTE A
CONTINUACIÓN:
H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO.:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1º, 13,
14 FRACCIONES II Y III, 16 FRACCIONES I, XII, XIII Y XIX, 17, 82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139,
143, 147, 154 FRACCIÓN III, 155 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN II
INCISOS D) Y F), 38 FRACCIÓN VIII, 121 Y 122 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 4, 55 FRACCIONES XXV Y XXVI Y 68 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., CORRESPONDE AL AYUNTAMIENTO RESOLVER EL ACUERDO
RELATIVO AL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN AGRÍCOLA DE RIEGO A MIXTO, CON
DENSIDAD DE 250 HAB/HA., PARA LA FRACCIÓN II, DE LA PARCELA 39 Z-1 P2/4 DEL EJIDO EL RETABLO,
MUNICIPIO DE CORREGIDORA, QRO., CON SUPERFICIE DE 21,191.91 M2, Y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 fracción V de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30 fracción II de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las Leyes Federales y Estatales relativas,
estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales; así como otorgar licencias y permisos para construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el Artículo 17 fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias
de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de
la Propiedad que corresponda, así como otras Leyes o Reglamentos aplicables.
3. Que mediante escrito de fecha 07 de agosto de 2009, signado por el C. José Ulises Alfredo Espino Hernández,
solicita a la Secretaría del Ayuntamiento someter a la aprobación del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., el
Cambio de Uso de Suelo de Protección Agrícola de Riego a Mixto, para la Fracción II de la Parcela 39 Z-1
P2/4, del Ejido El Retablo, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 21,191.91 M2.
4. Que el C. José Ulises Alfredo Espino Hernández, acredita la propiedad de la Fracción II de la Parcela 39 Z-1
P2/4, del Ejido Los Ángeles, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 21,191.91 M2., mediante
Escritura Pública No. 16,259, de fecha 28 de diciembre de 2001, pasada ante la fe del Lic. Jorge García
Ramírez, Titular de la Notaría Pública No. 22, de este Partido Judicial.
5. Que de conformidad con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de de El Pueblito, instrumento jurídico técnico
aprobado en Sesión de Cabildo de 8 de diciembre de 2004, publicado en la Gaceta Municipal No. 12 del 31 de
diciembre de 2004, publicado en el periódico oficial La Sombra de Arteaga No. 63 del 25 de Noviembre de
2005, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el 30 de Mayo de 2006, bajo la partida 52,
libro único No. 2 de los Planes de Desarrollo Urbano, la Parcela cuenta con uso de suelo de Protección
Agrícola de Riego.

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