Manual de Procedimientos del Programa para Regularizar la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos del Estado de Querétaro.

28 de diciembre de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 19235
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Lic. Jorge López Portillo Tostado, en uso de las facultades que me confieren los artículos 9, 21 fracciones IX de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, y articulo 4 del Acuerdo que implementa el Programa para Regularizar la Pequeña
Propiedad de Predios Rústicos del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que en fecha 22 de junio de 2012, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro “La Sombra de Arteaga” la Ley para Regularizar la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos en el Estado
de Querétaro.
SEGUNDO. Que la Ley a que hace referencia el considerando que antecede, establece en su artículo 6 la
obligación del Titular del Poder Ejecutivo, de expedir el Programa para Regularizar la Pequeña Propiedad de Predios
Rústicos en el Estado de Querétaro, con la finalidad de que se constituya como el mecanismo jurídico a través del
cual los habitantes de la Entidad, puedan acceder a los beneficios de la Ley citada.
TERCERO. Que en fecha 19 de diciembre de 2012, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo que implementa el Programa para Regularizar la Pequeña
Propiedad de Predios Rústicos del Estado de Querétaro.
CUARTO. Que el Programa referido en el considerando que precede, establece en su artículo 4 la obligación
de la Secretaría de Gobierno, de expedir y publicar el Manual de Procedimientos que establecerá los lineamientos por
los que se llevará a cabo la regularización de los predios objeto del Programa.
En razón de lo expuesto en los considerandos que anteceden, tengo a bien expedir el siguiente:
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA PARA REGULARIZAR LA PEQUEÑA PROPIEDAD DE
PREDIOS RÚSTICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MISIÓN. Generar certeza jurídica a los beneficiarios del programa, respecto de la propiedad que tienen, sobre
los inmuebles que sean susceptibles de regularización, a través del mismo.
VISIÓN. Realizar con apego a la normatividad aplicable, con eficiencia y honradez, los procedimientos de orden
jurídico administrativo, tendientes a obtener la regularización de la pequeña propiedad de predios rústicos en el
Estado, respecto de las solicitudes hechas por los beneficiarios del Programa.
OBJETIVO. Lograr la Titulación de los predios que soliciten los beneficiarios del Programa y que cumplan con
los requisitos señalados en la Ley para Regularizar la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos en el Estado de
Querétaro.
MARCO LEGAL:
4. Ley para la Regularización la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos del Estado de Querétaro.
7. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro.
9. Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
10. Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
11. Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
12. Reglamento Interior del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.
13. Programa para la Regularización de la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos del Estado de Querétaro.

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