Lineamientos del sistema público para el registro y seguimiento de las erogaciones en materia de comunicación social. Municipio de El Marqués, Qro.

13 de septiembre de 2019 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 20679
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RODRIGO MESA JIMÉNEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO
DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de fecha 05 de septiembre, el H. Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro, aprobó el
acuerdo relativo a la expedición de los Lineamientos del Sistema Público para el Registro y Seguimiento de las
Erogaciones en materia de Comunicación Social, para el Municipio de El Marqués, Querétaro, de la forma
siguiente:
“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 51
FRACCIONES II, III Y IV, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; Y, CON BASE EN EL SIGUIENTE:
A N T E C E D E N T E
ÚNICO. Se recibió en la oficina de la Secretaría del Ayuntamiento, en fecha 14 de agosto de 2019, el oficio
número ASM/2696/2019, suscrito por la Licenciada Yadira Azucena Córdova Salinas, Auditor Superior Municipal,
mediante el cual remite el proyecto de los Lineamientos del Sistema Público para el registro y seguimiento de las
erogaciones en materia de Comunicación Social, a efecto de que se sometan a aprobación por parte del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro.
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO. Que, en fecha 06 de febrero de 2019, el Director de Prevención de la Secretaría de la Contraloría del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitió los Lineamiento del Sistema Público, para el Registro y
seguimiento de las erogaciones en materia de Comunicación Social, facultad que otorgada por el artículo 18,
fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro.
SEGUNDO. Que, el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués 2018-2021, en su Eje 5 denominado “Gobierno
cercano a la gente, de resultados, eficiente, transparente, honesto y de respeto al estado derecho” prevé como
objetivo el “Lograr una gestión municipal cercana a la gente, eficaz, eficiente, transparente, que rinde cuentas,
honesta, que combate la corrupción y respeta el estado de derecho”. En tal línea de ideas, del Programa 5.4
titulado “Gobierno que combate la corrupción, se desprende la línea de acción 5.4.2 consistente en fortalecer la
fiscalización del gasto público municipal.
TERCERO. Que, en fecha 11 de mayo del 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por
el que se expidió la Ley General de Comunicación Social, la cual tiene por objeto establecer las normas a que
deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los
criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites
y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.
CUARTO. Que, la Ley General de Comunicación Social, en su artículo 34 prevé que las Entidades Federativas
establecerán un Sistema Público local de gastos de Comunicación Social, a cargo de la Secretaría o unidad
responsable del control interno en que se deberá registrar la información prevista en el artículo 33, para las
dependencias y entidades de la administración pública municipal.
QUINTO. Que, en el artículo 33 de la Ley General de Comunicación Social, se enlista la información que deberán
registrar las dependencias y entidades de todos los órdenes de gobierno, en el Sistema Público a cargo de la
Secretaría o unidad de la función pública o control interno que corresponda- en el plazo previsto por la legislación
aplicable.

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