Lineamientos de operación del Comité de Estímulos y Reconocimientos de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.

Pág. 28412 PERIÓDICO OFICIAL 22 de diciembre de 2017
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MTRO. ALEJANDRO ECHEVERRÍA CORNEJO, FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, en
ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 13, fracción VII de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro; y 192, fracción
IV del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
1. El artículo 190 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado, en lo
subsecuente Reglamento, dispone que la Comisión del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General,
es el órgano colegiado que tiene a cargo la planeación, coordinación, dirección, supervisión y control del
Servicio Profesional de Carrera de este organismo.
2. La fracción III, del artículo 192 del Reglamento, establece como atribución de la Comisión del Servicio
Profesional de Carrera de la Fiscalía General, en lo subsecuente Comisión del Servicio Profesional de Carrera,
el constituir los órganos y comités necesarios que la auxilien en el desempeño de sus funciones.
3. Los acuerdos y resoluciones de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera, se determinarán por sus
integrantes en el desarrollo de sus sesiones ordinarias y extraordinarias.
4. El 20 de enero de 2017 se celebró la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión del Servicio Profesional de
Carrera, en la que sus integrantes acordaron la instalación de diversos Comités, entre los que se encuentra el
de Estímulos y Reconocimientos. Lo anterior a efecto de dar cumplimiento a lo previsto en la fracción IX, del
artículo 192 del Reglamento, y el Comité auxilie a la Comisión en la resolución de propuestas de estímulos y
reconocimientos del personal del Servicio Profesional de Carrera.
5. El Comité de Estímulos y Reconocimientos quedó instalado el 25 de enero de 2017 al desahogar su Primera
Sesión Ordinaria, y a partir de esa fecha ha venido sesionando de forma mensual, sin contar con lineamientos
que precisen su operación.
6. Conforme a lo previsto en la fracción II, del artículo 192 del Reglamento, el 2 de agosto de 2017 al celebrarse
la Primera Sesión Extraordinaria de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera, ésta propuso al Fiscal
General del Estado y Presidente de dicha Comisión, la elaboración de los lineamientos de operación del Comité
de Estímulos y Reconocimientos, lo cual fue autorizado.
7. El proyecto de dichos lineamientos fue presentado y aprobado por el Fiscal General del Estado y Presidente
de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera, en el desarrollo de la Cuarta Sesión Ordinaria de dicha
Comisión, el 19 de septiembre de 2017.
8. Por lo que al ser facultad del Fiscal General del Estado, expedir la normatividad de observancia general para
los integrantes de la Fiscalía General del Estado, tengo a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS DE LA COMISIÓN
DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO.

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