Lineamientos de Operación del Comité de Carrera Policial de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.

Pág. 13762 PERIÓDICO OFICIAL 31 de mayo de 2019
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO
MTRO. ALEJANDRO ECHEVERRÍA CORNEJO, FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, en
ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 12 y 13, fracción VII de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro; y 31, fracción
XV del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
De conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la actuación de
las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
La Constitución Política del Estado de Querétaro, en el artículo 2, prevé la profesionalización de los agentes del
Ministerio Público, peritos, policías, custodios penitenciarios, defensores públicos y jueces, y a través de las leyes,
la promoción del servicio de carrera en las instituciones donde pertenezcan dichos servidores públicos.
Conforme a lo señalado por el artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las
instituciones de procuración de justicia con estructura orgánica de policía ministerial para la investigación de los
delitos, se sujetarán a lo dispuesto en dicha ley, para las instituciones policiales en materia de carrera policial;
además, aplicarán, operarán y supervisarán las reglas y procesos en materia de carrera policial y régimen
disciplinario de la policía ministerial.
El Desarrollo Policial, es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre
sí, los cuales comprenden la carrera policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen
disciplinario de los integrantes de las instituciones policiales. Tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional,
la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar
la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios
constitucionales; de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública.
En el mismo orden de ideas, las instituciones de seguridad contarán con una Comisión del Servicio Profesional
de Carrera, como órgano colegiado responsable de planear, coordinar, dirigir y supervisar los procedimientos de
ingreso, permanencia, promoción y conclusión del servicio de carrera, de acuerdo al artículo 37 de la Ley de
Seguridad para el Estado de Querétaro.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley de Seguridad para el Estado de Querétaro, la Fiscalía
General del Estado de Querétaro ha implementado el Servicio Profesional de Carrera para los Agentes del
Ministerio Público Fiscal, Peritos, y Policías de Investigación del Delito, el cual tiene carácter obligatorio y
permanente.
El Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado, tiene como objetivo garantizar la igualdad
de oportunidades de ingreso, desarrollo, permanencia y promoción con base en el mérito y la experiencia; rige
los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación,
promoción y reconocimiento, separación o baja del servicio, según lo establecido en el artículo 36 de la Ley
Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.
Forman parte del Servicio Profesional de la Fiscalía General del Estado, los servidores públicos con la función de
Fiscal, Perito y Policía, conforme lo prevé el artículo 8 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la
Fiscalía General del Estado de Querétaro.
Conforme a los artículos 190 y 192, fracción III, del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía
General del Estado de Querétaro, la Comisión del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General, es el

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