Lineamientos Generales de la Comisión Permanente de Contralores del Estado de Querétaro.

Pág. 6544 PERIÓDICO OFICIAL 20 de mayo de 2016
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
LINEAMIENTOS GENERALES
DE LA COMISIÓN PERMANENTE
DE CONTRALORES DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
20 de mayo de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6545
LINEAMIENTOS GENERALES DE LA COMISIÓN PERMANENTE
DE CONTRALORES DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Capítulo I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El objeto de los presentes lineamientos es regular la vinculación institucional entre los Órganos
Internos de Control de los Municipios, de los Poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo del Estado de Querétaro,
este último representado por la Secretaría de la Contraloría; así como el de la Defensoría de los Derechos
Humanos de Querétaro, de la Comisión Estatal de Información Gubernamental, de la Entidad Superior de
Fiscalización del Estado de Querétaro, del Instituto Electoral del Estado de Querétaro y de la Universidad
Autónoma de Querétaro; con la finalidad de favorecer las acciones de intercambio de experiencias, promover la
unificación de criterios y fomentar el apoyo mutuo entre los mismos.
ARTÍCULO 2.- Para efectos de estos lineamientos, salvo mención expresa, se entiende por:
Comisión Permanente: La Comisión Permanente de Contralores del Estado de Querétaro, que se integra por
los Órganos Internos de Control que han quedado descritos en el artículo que antecede y funciona de acuerdo
a lo establecido en los presentes lineamientos.
Presidente: El Presidente de la Asamblea Plenaria de la Comisión Permanente de Contralores del Estado de
Querétaro, lo será el Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Asamblea Plenaria.- La Asamblea Plenaria de la Comisión Permanente de Contralores del Estado de
Querétaro, órgano deliberante y propositivo, integrado por el Presidente, el Coordinador Estatal, los Titulares de
los Órganos Internos de Control de los Municipios del Estado de Querétaro y los miembros de la Unidad de
Asesoría Técnica.
Consejo Directivo.- El Consejo Directivo de la Comisión Permanente de Contralores del Estado de Querétaro,
es el cuerpo colegiado integrado por el Presidente, por el Coordinador Estatal, por los Coordinadores
Regionales y por la Unidad de Asesoría Técnica.
Asamblea del Consejo Directivo.- La reunión integrada por los miembros que forman el Consejo Directivo de
la Comisión Permanente de Contralores del Estado de Querétaro.
Asamblea Regional.- La reunión integrada por el Coordinador Estatal, el Coordinador Regional, los Titulares de
los Órganos Internos de Control de los Municipios de la región donde se lleve a cabo la Asamblea.
Unidad de Asesoría Técnica.- Cuerpo Colegiado integrado por los Titulares de los Órganos Internos de
Control de los Poderes Legislativo y Judicial, de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, de la
Comisión Estatal de Información Gubernamental, de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de
Querétaro, del Instituto Electoral del Estado de Querétaro y de la Universidad Autónoma de Querétaro.
Para el correcto funcionamiento de los diversos órganos de la Comisión Permanente, habrá dos Secretarios
Técnicos con derecho a voz pero no voto; uno será designado por el Coordinador Estatal y otro por el
Presidente, que será el Director Jurídico y de Atención a la Ciudadanía de la Secretaría de la Contraloría.

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