Lineamientos para la entrega recepción administrativa del Municipio de Colón, Qro.

Pág. 12786 PERIÓDICO OFICIAL 26 de septiembre de 2012
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE COLÓN, QRO.
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO C. JOSÉ GUADALUPE BARRÓN MONTOYA, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO
C E R T I F I C O
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 24, 30 FRACCIONES I, XII Y XXXIII,
Y 38 FRACCIÓN XIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; EL AYUNTAMIENTO DE
COLÓN QRO., EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 22 DE AGOSTO DE 2012, TUVO A BIEN A
APROBAR POR UNANIMIDAD, LOS LINEAMIENTOS PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN ADMINISTRATIVA DEL
MUNICIPIO DE COLÓN, QRO., LOS CUALES SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN:
H. AYUNTAMIENTO DE COLÓN, QRO.
PRESENTE:
C O N S I D E R A N D O
1.- Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 2 y 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular y la competencia que la
Constitución otorga al gobierno municipal, se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad
intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
2.- Que con fecha 27 de julio del año 2007, se publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga”, la Ley que reforma diversos artículos de la Ley que Establece las Bases para la Entrega Recepción Administrativa
en el Estado de Querétaro, con el objeto de sistematizar el proceso de entrega recepción que permita a las dependencias y
entidades almacenar los expedientes en medios electrónicos a fin de que estén a su alcance y faciliten su revisión; por tal
motivo, se hace necesario el uso de tecnologías y medios electrónicos a fin de organizar el estudio y análisis de la
documentación generada con motivo del ejercicio de la función pública que redunde en el cumplimiento eficiente de la Ley
citada anteriormente.
3.- Que con fecha 23 de abril del año 2008, la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, los “Lineamientos para la entrega recepción
administrativa del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro”, mediante los cuales se establecen las directrices que habrán
de regir los procesos de entrega recepción administrativa del Poder Ejecutivo del Estado y el uso de los medios electrónicos
que permitan facilitar y garantizar el traslado de responsabilidades, recursos, y en general de la documentación exigida por
la Ley de la materia, que posibilite la continuidad de los trabajos de las dependencias y entidades que conforman la
administración pública
4.- Que con el propósito de dar cumplimiento a las disposiciones legales antes mencionadas, la Secretaría de la Contraloría
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, implementó el Sistema para la Entrega Recepción (SER) como medio
electrónico a su cargo, utilizado para la captura, transferencia y administración de información generada en los procesos de
entrega recepción administrativa, a efecto de simplificar y agilizar dicho proceso.
5.- Que con fecha 20 de marzo del año 2009, se publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga”, la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, cuyo Artículo Transitorio Segundo establece literalmente lo
siguiente:

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