Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Fomento de la Investigación Científica, Tecnológica e Innovación del Estado de Querétaro.

28 de marzo de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10159
FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN,
Gobernador del Estado de Querétaro, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que la innovación se ha convertido en un tema central de la agenda del crecimiento y el desarrollo en el
mundo, en particular en América Latina y México. Lo anterior se puede explicar por diversas razones, una de
ellas es que luego de más de dos décadas de reformas estructurales las tasas de crecimiento en el conjunto de
la región siguen siendo relativamente bajas y uno de los factores a los que se atribuye esta situación está ligado
a un escaso desarrollo tecnológico y de innovación.
Otra de las razones va enfocada a que la innovación está estrechamente relacionada con las mejoras en la
competitividad y la productividad, ello es así a razón de que la competitividad depende en buena medida de la
capacidad de las empresas de innovar y con ello de generar condiciones que les permitan t ener éxito en los
mercados globales y locales.
Ha sido periódicamente demostrado que una de las causas fundamentales de las bajas tasas de crecimiento en
un territorio se debe a la falta de conocimientos y la capacidad de innovación; así pues, la escasa inversión en
ciencia y tecnología y la excesiva dependencia en la simple transferencia de tecnología se han convertido en
factores que han impedido detonar el crecimiento de manera sustentable.
Dicho de manera más simple, si se quiere impulsar el crecimiento se debe generar una política pública
orientada a fomentar la innovación. Uno de los nuevos términos que ilustran lo anterior es la llamada “economía
basada en el conocimiento (EBC)”, un sistema donde el conocimiento es la verdadera esencia de la
competitividad y el motor del desarrollo a largo plazo. Para que un país mantenga los beneficios emanados del
desarrollo en ciencia y tecnología es indispensable que éstos se traduzcan en incrementos en la productividad y
en la competitividad de las industrias de bienes y servicios, en otras palabras, en constante innovación.
Impulsar la innovación presenta importantes retos, el más significativo quizá es lograr una adecuada vinculación
entre los centros de producción y aplicación del conocimiento científico y tecnológico, con el sector productivo y
comercial. En términos prácticos, esto significa crear los mecanismos institucionales que permitan vincular el
conocimiento generado por las universidades y centros de investigación, con las empresas. De manera general,
pueden identificarse dos fases de la innovación: 1) la creación y 2) su comercialización. La conjunción de estas
dos fases logra un efecto multiplicador de los beneficios de la producción de nuevos conocimientos y
tecnologías: se innova, se vende la innovación, se aplica en el sector productivo y al poco tiempo se demanda
una nueva innovación para mantener una ventaja comparativa en el mercado, y empieza nuevamente el ciclo.
Evidentemente, la innovación es clave para el crecimiento de un país en la era actual.
2. Que según lo estipulado por el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, toda
persona tiene derecho a recibir educación; es de resaltar que el contenido de dicho precepto es homologo al
previsto por el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En una interpretación
exhaustiva de esta garantía, dicha tutela abarca hasta el nivel medio superior; a razón de ello, el legislador
mexicano fue más allá y señaló, en la fracción V del párrafo tercero del numeral referido de la Carta Magna.
Entre otras situaciones, que el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos y
apoyará la investigación científica y tecnológica, dando vida con ello a la necesidad institucional de general las
herramientas y la infraestructura adecuada y necesaria para la consecución de ese objetivo y reconociendo
además, que se constituye el eje central de la política económica en ciencia y tecnología, puesto que es con
fundamento constitucional que se canalizarán recursos a la ciencia y tecnología.

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