Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Deporte del Estado de Querétaro.

g. 1692 PERIÓDICO OFICIAL 3 de febrero de 2017
FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN,
Gobernador del Estado de Querétaro, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula en su Artículo 4, último párrafo, que
toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte y que corresponde al Estado su
promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia, estableciendo la concurrencia entre la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios; así como de la participación de los sectores social
y privado. En este sentido, las autoridades de todos los niveles fomentarán e impulsarán la actividad física y
deportiva entre los ciudadanos, considerando a ésta como una actividad que mejora la salud y como elemento
de integración y cohesión social y cultural a través de los valores que le son inherentes.
2. Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS), discapacidad se refiere a toda restricción o
ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal
para un ser humano.
En el año 2000, la propia OMS revisó la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y
Minusvalías de 1980, bajo el nombre de Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de
la Salud (C.I.F.). El objetivo principal de esta nueva clasificación fue brindar un lenguaje unificado y
estandarizado y un marco conceptual de los estados relacionados con la salud, desde una perspectiva más
holística. Cabe destacar que la C.I.F. no clasifica personas, sino que describe la situación personal/social de
éstas.
Desde ese enfoque la discapacidad es entendida como resultado de la interacción entre la condición de salud
de la persona, sus factores personales y los factores contextuales que pueden llegar a ser facilitadores o
limitadores del desarrollo de una determinada actividad o del desenvolvimiento personal en forma de
participación.
3. Que en cuanto a lo deportivo, lo que hoy se conoce como deporte adaptado, es decir, para las personas
con discapacidad, empezó a desarrollarse después de la Segunda Guerra Mundial, gracias a la visión y
empeño del Dr. Ludwig Guttmann, quien es reconocido en todo el mundo como el fundador del deporte para
personas con discapacidad. Con el paso del tiempo ha quedado demostrado que los ideales del Dr. Guttmann
fueron y siguen siendo muy valiosos, tan así es, que la reina de Inglaterra lo nombró Caballero y hoy el
Movimiento Paralímpico sigue trabajando con su mismo espíritu: ayudar a las personas que tienen alguna
discapacidad a que realicen su sueño y logren su completa integración, en todos los aspectos, al resto de la
sociedad.
Esta modalidad en el deporte, ofrece la posibilidad de acceder a este derecho a personas que en condiciones
deportivas normales no podrían y les permite practicar actividad física y deportiva, tanto en el ámbito recreativo
como en el competitivo, sin embargo, es necesario que se adapten otros aspectos para su mejor desempeño y
movilidad.

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