Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal 2015.

Pág. 16822 PERIÓDICO OFICIAL 20 de diciembre de 2014
LIC. JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA,
Goberna dor Constituc ional del Es tado de Queré taro, a los h abitantes
del mism o, sabed que :
LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN X, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que las finanzas públicas sanas son principio de buen gobierno porque aseguran el desarrollo de la entidad.
2. Que los ingresos constituyen el soporte para que el Poder Ejecutivo del Estado decida, con criterios de
racionalidad, factibilidad y prioridad, sobre las obras y acciones que atiendan los requerimientos de la sociedad y que,
como responsable de la planeación y desarrollo del Estado, debe buscar el beneficio permanente de la población.
3. Que de conformidad con lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, la hacienda pública del
Estado estará constituida, entre otros, por los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, contribuciones
especiales, participaciones y aportaciones federales, así como otras transferencias federales e ingresos
extraordinarios que en su favor establezcan las leyes de la materia.
4. Que el conjunto de ingresos es el que hace posible que los tres poderes, los organismos constitucionales
autónomos, los órganos desconcentrados, los fideicomisos públicos, las entidades paraestatales y los municipios,
tengan las condiciones para atender los requerimientos que les exige el desarrollo de su función pública.
5. Que la previsión del monto de los ingresos debe realizarse sobre la base de un análisis técnico de las
condiciones económicas y financieras nacionales y estatales.
Para el cálculo de los ingresos que percibirá el Estado de Querétaro durante el ejercicio fiscal 2015, se consideró lo
siguiente:
I. Que las expectativas económicas para 2015 estiman un crecimiento del Producto Interno Bruto de 3.9% y
de la inflación en 3.8%.
Considerando que el precio de la mezcla mexicana de exportación de petróleo crudo se estimó en 79.0
dólares por barril y toda vez que se espera una reducción para 2015, de 2.5% de la producción petrolera,
se sugiere un ejercicio prudente en la estimación de la recaudación.
II. Con relación a la expectativa sobre las aportaciones federales, en fondos tales como: Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal (FORTAMUN-DF) se estima una variación de -0.7% y, en el Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social (FAIS), se espera un crecimiento de 5.6%, con relación al presupuesto del ejercicio
fiscal anterior, mientras que en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo
(FONE), anteriormente Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) y el Fondo de
Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) se espera un crecimiento de 17.16% y 8.18%
respectivamente, con relación al ejercicio anterior.
III. Los ingresos del Estado se estima crecerán un 10.24% con respecto a la Ley de Ingresos del Estado de
Querétaro para el ejercicio fiscal 2014. Este comportamiento se debe al incremento de las participaciones
federales en 7.08%, así como al de las aportaciones federales en 9.58%.
6. Por lo anterior, el monto de los ingresos que se estima habrá de recibir el Estado de Querétaro para el ejercicio
fiscal 2015, asciende a la cantidad de $26,564,435,137 (Veintiséis mil quinientos sesenta y cuatro millones
cuatrocientos treinta y cinco mil ciento treinta y siete pesos).
Por lo anteriormente expuesto, la Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado de Querétaro, expide la siguiente:

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