Decreto por el que se concede Jubilación al C. Patrocinio Morado Morado.

20 de enero de 2006 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 265
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍ-
CULOS 40 Y 41 FRACCIÓNES II Y XXXIV, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que el derecho al trabajo, consagrado en
los artículos 5 y 123 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, es el que tiene todo
individuo para realizar cualquier actividad lícita que
le satisfaga, recibiendo, por consecuencia, una
remuneración económica para vivir dignamente en
el presente y en el futuro.
2. Que el trabajador, al concluir sus activida-
des, en virtud de haber cumplido con los años de
servicio que establece la ley, tiene derecho a que
se le proporcione una jubilación que le asegure una
existencia digna y decorosa para él y su familia,
cuando la adversidad o el transcurso del tiempo lo
prive de la capacidad de trabajo.
3. Que la fracción VI del artículo 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos establece que las relaciones de trabajo entre
los estados y sus trabajadores, se regirán por las
leyes que expidan las legislaturas de los estados,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123
Constitucional y sus disposiciones reglamentarias,
por lo que la Ley de los Trabajadores al Servicio del
Estado y Municipios consagra, en su título décimo,
a la jubilación como un derecho de los trabajadores
que han actualizado el supuesto señalado en dicha
norma.
4. Que el C. RICARDO URIBE HERNÁN-
DEZ, quien cuenta con 28 años 1 mes de servicio
para el Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Querétaro, lo que acredita con la constancia de
antigüedad de fecha 9 de junio de 2005, expedida
por el Director de Recursos Humanos del Tribunal
Superior de Justicia, así con la documentación que
existe en el expediente correspondiente, el cual
cumple con los requisitos señalados en los artículos
128, 132, 135, 136 y 137 de la Ley de los Trabaja-
dores al Servicio del Estado y Municipios.
5. Que en virtud de lo anterior, este Poder
Legislativo considera que debe otorgarse la jubila-
ción, al C. RICARDO URIBE HERNÁNDEZ, por la
cantidad correspondiente al 100 por ciento del
último salario percibido y con cargo a la partida de
la última entidad en la que prestó su servicio; esto
es, al Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Querétaro, en cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 132 de la Ley de los Trabajadores al Servi-
cio del Estado y Municipios.
Por lo anteriormente expuesto, esta Quin-
cuagésima Cuarta Legislatura expide el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE JUBILA-
CIÓN AL C. RICARDO URIBE HERNÁNDEZ
ARTÍCULO ÚNICO. En virtud de haber satis-
fecho los extremos señalados por los artículos 128,
132, 135, 136 y 137 de la Ley de los Trabajadores
al Servicio del Estado y Municipios y cláusula déci-
ma tercera del Convenio General de Trabajo cele-
brado entre el Gobierno del Estado y el Sindicato
de Trabajadores al Servicio de los Poderes del
Estado en fecha 29 de Diciembre de 1992, y en
justo reconocimiento a los años de servicio presta-
do al Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Querétaro, se concede jubilación al C. RICARDO
URIBE HERNÁNDEZ, quien se desempeñara como
secretario de atención al público, adscrito al Juzga-
do Sexto Familiar, asignándole por ese concepto,
en forma vitalicia, la cantidad de $9,183.00 (Nueve
mil ciento ochenta y tres pesos 00/100 M.N.)
mensuales, equivalente al 100 por ciento del sala-
rio que actualmente percibe, más los incrementos
contractuales y legales que le correspondan hasta
la fecha en que entre en vigor el presente decreto.
Dicha cantidad será cubierta con cargo al Presu-
puesto de Egresos del Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Querétaro.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor
el día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR