Decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, y se adiciona un artículo 4-TER al mismo ordenamiento.

Pág. 11732 PERIÓDICO OFICIAL 14 de septiembre de 2012
9. Que el artículo 7 del citado ordenamiento, menciona cómo se integran las Juntas Especiales y que
contarán con el personal jurídico y administrativo necesario, acorde con el volumen de trabajo y conforme
al presupuesto asignado.
10. Que es una facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la creación de Secretarías Generales,
Secretarías Auxiliares, Direcciones, Subdirecciones, Departamentos, Oficinas Auxiliares y demás
unidades administrativas que sean necesarias para el mejor funcionamiento del Tribunal, así como del
personal jurídico y administrativo que requiera nombramiento de esa Secretaría, de conformidad con la
disponibilidad presupuestal.
11. Que otra característica de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, consiste en la sectorización
administrativa y presupuestaria a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
12. Que en esa directriz, conviene destacar que la base legal de la sectorización a que nos referimos, está
inserta en el artículo 40, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en cuyos
términos corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, , entre otras cosas, el despacho de
los asuntos consistentes en coordinar la integración y establecimiento de las Juntas Federales de
Conciliación y de la Federal de Conciliación y Arbitraje, así como vigilar su funcionamiento.
13. Que el Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje publicado en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, el 11 de agosto de 2000, señala que la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Querétaro, es un Tribunal con plena Jurisdicción, que tiene a su
cargo la tramitación y decisión de los conflictos de trabajo en la esfera de su competencia; funcionará en
Pleno o en Juntas Especiales, en la forma en que determina la Ley Federal del Trabajo.
14. Que el artículo 54 del Reglamento referido, determina que el despacho de los asuntos en la Junta Local
de Conciliación y Arbitraje deberá efectuarse en forma pronta, oportuna y eficaz, procurando la mayor
economía, concentración y sencillez del proceso, observando las disposiciones de la Ley Federal del
Trabajo y del Reglamento; sin embargo, la carga de trabajo ha ido en aumento por el exceso de juicios
acumulados, por diversas causas de carácter socioeconómico, como la explosión demográfica y la
crecida ola de despidos generados por la crisis económica global.
15. Que el rezago que existe en la Junta Especial No. 50 y en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del
Estado de Querétaro, es debido a la excesiva carga de trabajo ocasionada por el aumento en el número
de incidencias por conflictos laborales, resultado del crecimiento demográfico, económico e industrial del
Estado, ya que el personal que labora en las mismas, es ya insuficiente y por lo tanto no se cumple con el
objetivo primordial, que es el de administrar justicia de manera pronta y expedita.
Por lo anteriormente expuesto, la Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado de Querétaro expide el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE LA QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
EXHORTA A LOS TITULARES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL Y DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL, A MEJORAR LA INFRAESTRUCTURA DE LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO 50; Y
SE EXHORTA A LOS TITULARES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y DE LA
SECRETARÍA DEL TRABAJO, A FORTALECER LA INFRAESTRUCTURA DE LA JUNTA LOCAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Artículo Primero. La Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado de Querétaro, exhorta
respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo Federal y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a
tomar las medidas necesarias para mejorar la infraestructura de la Junta Especial número 50.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR