Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del Instituto Queretano del Transporte, respecto del periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Pág. 6442 PERIÓDICO OFICIAL 15 de febrero de 2018
PODER LEGISLATIVO
INFORME DEL RESULTADO DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA DEL INSTITUTO QUERETANO
DEL TRANSPORTE (IQT).
I. Introducción y Antecedentes.
El presente Informe contiene el resultado de la fiscalización superior realizada a la Entidad denominada Instituto Queretano del
Transporte (IQT), respecto del periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016, que emite la Entidad Superior
de Fiscalización del Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 116 fracción II sexto párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los numerales 17 fracción XIX, 31 fracción IV de la
Constitución Política del Estado de Querétaro, y para los efectos de los artículos 1, 3, 46 primer párrafo, 47 y 48, de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Querétaro.
En este sentido, el resultado del proceso de fiscalización superior practicado a la Cuenta Pública del In stituto Queretano del
Transporte (IQT), se ejecutó con base en el análisis del c ontenido de la Cuenta Pública presentada por la Entidad fiscalizada y de
cada uno de los Estados Financieros que la conforman, que permita expresar una opinión sobre: a) si la Cuenta Pública se
encuentra integrada en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, b) la razonabilidad de la situación financiera
que guarda la entidad fiscalizada; c) el apego a las demás disposiciones legales aplicables.
Criterios de Selección.
Las auditorías practicadas a la Cuenta Pública del Ejercicio 2016, fueron seleccionadas con base en los criterios generales y
específicos establecidos en la normativa institucional de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, utilizada en
la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior del Ejercicio 2016, considerando su importanci a,
pertinencia y la factibilidad de su realización.
Objetivo de la auditoría.
Fiscalizar la cuenta pública y evaluar los resultados de l a gestión financiera de los recursos públicos, comprobar si el ejercicio de la
Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos se ha ajustado a los criterios señalados en los mismos, además de, en su caso,
verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
Alcance.
Para la evaluación de la gestión financiera se determinó un alcance razonable en base a las pruebas y procedimientos de auditoría
considerados en la Planeación.
Procedimientos Aplicados
Para la fiscalización superior de la Cuenta Pública, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro aplicó en los
procesos de planeación, programación y ejecución de Auditoría, las normas internacionales de auditoría; se verificó el cumplimiento
tanto de los postulados básicos de contabilidad gubernamental, como de las disposiciones, procedimientos, y esquema operativo
en la normativa aplicable a la entidad fiscalizada.
Es por lo anterior que se INFORMA:
II. ESTADO QUE GUARDA LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LA ENTIDAD FISCALIZADA
a) Presupuesto asignado
En 2016, la Entidad fiscalizada presentó un Presupuesto de Egresos, por un importe total de $53’452,841.00 (Cincuenta y tres
millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos c uarenta y un pesos 00/100 M.N.), el cual fue publicado en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, La Sombra de Arteaga.
Monto que se compone, teniendo en cuenta el origen de los recursos a recibir y/o recaudar, por subsidio estatal por un importe de
$53’452,841.00 (Cincuenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y un pesos 00/100 M.N.).
b) Ingresos.
Estos crecieron en un 15.19% en relación a los ingresos proyectados a recibir en el ejercicio 2014.
Cabe señalar que las aportaciones estatales aumentaron en un 100% y los ingresos propios disminuyeron respecto del ejercicio
anterior en un 100%.
c) Síntesis de la Gestión Financiera y Operación de la Entidad Fiscalizada.
En relación a los Estados Financieros que presenta la Entidad fiscalizada se informa lo siguiente:
c.1) Estado de la Situación Financiera.
Al comparar el Activo total a diciembre de 2016, con el del mismo periodo del año anterior, se registró un incremento de
$757,497.08 (Setecientos cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete pesos 08/100 M.N.), debido principalmente al aumento
en Bienes Muebles y activos intangibles. El Pasivo Total disminuyó $1’947,025.45 (Un millón novecientos cuarenta y siete mil
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veinticinco pesos 45/100 M.N.), fundamentalmente por el decremento en el rubro de Cuentas por Pagar a Corto Plazo; la diferencia
entre ambos conceptos dio como resultado un incremento en la Hacienda Pública y/o Patrimonio por $2,704,522.53 (Dos millones
setecientos cuatro mil quinientos veintidós pesos 53/100 M.N.).
Cabe destacar que durante el periodo fiscalizado no se detectaron antecedentes o movimiento por concepto de deuda pública.
c.2) Estado de Actividades
Las finanzas de la Entidad fiscalizada se integran por un Total de Ingresos de $84,513,304.48 (Ochenta y cuatro millones quinientos
trece mil trescientos cuatro pesos 48/100 M.N.), los cuales están conformados por: Derechos en cantidad de $1,025,441.83 (Un
millón veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y un pesos 83/100 M.N.), que corresponden al 1.21%; Ingresos por Venta de Bienes y
Servicios en cantidad de $19,582,143.63 (Diecinueve millones quinientos ochenta y dos mil ciento cuarenta y tres pesos 63/100
M.N.), que corresponden al 23.17%; Subsidio estatal y otras ayudas en cantidad de $62,347,652.09 (Sesenta y dos millones
trescientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos pesos 09/100 M.N.), que corresponden al 73.77%; y Otros Ingresos y
Beneficios en cantidad de $1,558,066.93 (Un millón quinientos cincuenta y ocho mil sesenta y seis pesos 93/100 M.N.), que
corresponden al 1.85%.
La Entidad fiscalizada presentó un Total de Egresos de $81,459,346.16 (Ochenta y un millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil
trescientos cuarenta y seis pesos 16/100 M.N.), los c uales están conformados por: Servicios Personales en cantidad de
$42,962,071.11 (Cuarenta y dos millones novecientos sesenta y dos mil setenta y un pesos 11/100 M.N.), que corresponden al
52.74%; Materiales y Suministros en cantidad de $3,245,495.51 (Tres millones doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos
noventa y cinco pesos 51/100 M.N.), que corresponden al 3.99%; Servicios Generales en cantidad de $33,431,651.60 (Treinta y
tres millones cuatrocientos treinta y un mil seiscientos cincuenta y un pesos 60/100 M.N.), que corresponden al 41.04%;
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas en cantidad de $307,220.66 (Trescientos siete mil doscientos veinte pesos
66/100 M.N.), que corresponden al 0.38% y Estimaciones, Depreciaciones, Deterioros en cantidad de $979,117.84 (Novecientos
setenta y nueve mil ciento diecisiete pesos 84/100 M.N.), que corresponden al 1.20%; e Inversión Pública no capitalizable en
cantidad de $533,789.44 (Quinientos treinta y tres mil setecientos ochenta y nueve pesos 44/100 M.N.), que correspond en al
0.65%.
c.3) Estado de Origen y aplicación de recursos
Del análisis efectuado al Estado de Origen y Aplicación de Recursos, se constató que los orígenes de recursos, ascendieron a la
cantidad de $142,466,392.90 (Ciento cuarenta y dos millones cuatrocientos sesenta y seis mil trescientos noventa y dos pesos
90/100 M.N.), mientras que sus aplicaciones importaron $99,224,249.45 ( Noventa y nueve millones doscientos veinticuatro mil
doscientos cuarenta y nueve pesos 45/100 M.N.), arrojando un saldo de $43,242,143.45 (Cuarenta y tres millones doscientos
cuarenta y dos mil ciento cuarenta y tres pesos 45/100 M.N.), que corresponde al saldo de Efectivo y Equivalentes que aparecen en
el Estado de Situación Financiera.
III. PROCESO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR
El proceso de fiscalización superior se llevó a cabo conforme a lo dispuesto e n la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Querétaro, conforme a lo siguiente:
a.1) Mediante oficio IQT/ADM/103/2017, por parte del Director General y la Coordinadora Administrativa de la Entidad Fiscalizada,
se presentó al titular de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, la Cuenta Pública correspondiente al periodo comprendido
del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016, el que fue recibido por esta Entidad fiscalizadora el 28 de febrero de 2017.
a.2) Mediante orden de auditoría, contenida en el oficio ESFE/17/1159, emitida el 07 de marzo de 2017 y notificada a la entidad
fiscalizada en esa misma fecha, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, inició la f iscalización superior de la Cuenta Pública
presentada.
a.3) Mediante oficio ESFE/4507 emitido el 29 de agosto de 2017 por la E ntidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro,
y recibido por la Entidad fiscalizada en fecha 30 de agosto de 2017, se comunicó por escrito las observaciones y recomendaciones,
derivadas dentro del proceso de fiscalización, a efecto de que ésta las aclarara, atendiera o solventara en el plazo establecido en
Ley, mismo que concluyó en fecha 20 de septiembre de 2017.
a.4) La Entidad fiscalizada, el 20 de septiembre de 2017, presentó oficio IQT/DG/930/2017 , acompañado de información con el que
se pretendió aclarar, atender o solventar las observaciones y recomendaciones notificadas.
IV. Acciones promovidas
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 32 fracciones I y II de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para
el Estado de Querétaro, se promovieron ante la entidad fiscalizada durante el proceso de fisc alización superior, diversas solicitudes
de información y aclaración; así como la debida notificación del correspondiente Pliego de Observaciones para su contestación.
Se informa que, una vez que la entidad fiscalizada hubiere dado cumplimiento en tiempo y forma a la atención del Pliego de
Observaciones que le fuera debidamente notificado, conforme las disposiciones legales obligan, así como los lineamientos que la
propia Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro dio a conocer al respecto; ésta realizó el correspondiente análisis
de la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada en respuesta al pliego de observaciones con el fin de determinar la
procedencia de solventación, o en su caso, la confirmación de las observaciones y su consecuente inc lusión en el presente Informe
de Resultados, con fundamento en los artículos 33 fracción XV y 36 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición

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