Fe de erratas relativa a la publicación del Acuerdo por el que se deroga parcialmente el Acuerdo de Cabildo de fecha 12 de septiembre de 2006, autorizado en el punto Cuarto, Apartado I, inciso 13 del orden del día, mismo que fuera aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el 14 de febrero de 2016. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 6612 PERIÓDICO OFICIAL 7 de abril de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
Fe de Erratas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 y 29 de la Ley de Publicaciones Oficiales del Estado de
Querétaro, le solicito proceda a la publicación de la Fe de Erratas en el Periódico Oficial “La Sombra de
Arteaga”, relativa a la publicación del Acuerdo por el que se deroga parcialmente el Acuerdo de Cabildo de
fecha 12 de septiembre de 2006, autorizado en el punto Cuarto, Apartado I, inciso 13 del orden del día, mismo
que fuera aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el 14 de febrero de 2016, por el Ayuntamiento
del Municipio de Querétaro, para quedar en los términos siguientes:
CONSIDERANDO
DICE:
11. Mediante escrito ingresado en la Secretaría del Ayuntamiento por los Ciudadanos Ángel de la Flor Saldaña
y Antonio Márquez Luna, en fecha 20 de enero de 2017, solicitan la desincorporación de la Parcela 9 Z-2 P1/1
del Ejido San Miguel Carrillo de la Declaratoria autorizada en el punto Cuarto, Apartado I, inciso 13 del orden
del día de la Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 12 de septiembre de 2006, ya que es una parcela agrícola
que no ha tenido vegetación ni ha sido sujeta de proyectos de reforestación, por lo que no cumple con la
condiciones ambientales para ser considerada como parte de un Parque Intraurbano.
DEBE DECIR:
11. Mediante escrito ingresado en la Secretaría del Ayuntamiento por los Ciudadanos Ángel de la Flor Saldaña
y Antonio Márquez Luna, en fecha 20 de enero de 2017, solicitan la desincorporación de la Parcela 9 Z-1 P1/1
del Ejido San Miguel Carrillo de la Declaratoria autorizada en el punto Cuarto, Apartado I, inciso 13 del orden
del día de la Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 12 de septiembre de 2006, ya que es una parcela agrícola
que no ha tenido vegetación ni ha sido sujeta de proyectos de reforestación, por lo que no cumple con la
condiciones ambientales para ser considerada como parte de un Parque Intraurbano.
DICE:
13. Los ciudadanos Ángel de la Flor Saldaña y Antonio Marquéz Luna acreditan la propiedad de la Parcela 9 Z-
2 P1/1 del Ejido San Miguel Carrillo, mediante contrato privado de compraventa de fecha 23 de mayo de 2013.
DEBE DECIR:
13. Los ciudadanos Ángel de la Flor Saldaña y Antonio Marquéz Luna acreditan la propiedad de la Parcela 9 Z-
1 P1/1 del Ejido San Miguel Carrillo, mediante contrato privado de compraventa de fecha 23 de mayo de 2013.
DICE:

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