Fe de erratas a las Disposiciones en Materia de Control Interno, para los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Pág. 952 PERIÓDICO OFICIAL 12 de enero de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
Santiago de Querétaro, Qro., a 4 de enero de 2018.
SC/3/2018.
M. en D. Juan Martín Granados Torres
Secretario de Gobierno
P r e s e n t e
Por este medio y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 29 de la Ley de Publicaciones Oficiales del
Estado de Querétaro, le solicito proceda a la publicación de la Fe de Erratas en el Periódico Oficial “La Sombra de
Arteaga”, relativa a la publicación de las DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTROL INTERNO, PARA LOS
SUJETOS OBLIGADOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO de fecha 21 de noviembre del
año 2017, emitido por el suscrito, publicado en el Periódico Oficial el pasado día 27 de noviembre de 2017, para
quedar en los términos siguientes:
Fe de Erratas
En el numeral PRIMERO del Acuerdo DICE:
“PRIMERO.- Se emite el ACUERDO QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTROL
INTERNO, PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO”
DEBE DECIR:
“PRIMERO.- Se emite el ACUERDO QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTROL
INTERNO, PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Y SUS ENTIDADES
En el Artículo 1, primer párrafo DICE:
Artículo 1. BASES DE REFERENCIA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente acuerdo tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de control interno, que los
sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro deberán observar, con el fin de implementar
los mecanismos necesarios que contribuyan a: …”
DEBE DECIR:
Artículo 1. BASES DE REFERENCIA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente acuerdo tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de control interno, que los
sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus entidades deberán observar, con el fin
de implementar los mecanismos necesarios que contribuyan a: …”
En el Artículo 2, fracciones XXXVIII y LV DICEN:
Artículo 2. DEFINICIONES.
Para efectos de las presentes Disposiciones se entenderá por:
XXXVIII. OIC: Órgano Interno de Control de las dependencias y entidades paraestatales del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro;
LV. Sujetos obligados: las Dependencias, Entidades Paraestatales, Órganos Desconcentrados del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro;…”
DEBE DECIR:
Artículo 2. DEFINICIONES.
Para efectos de las presentes Disposiciones se entenderá por:
“XXXVIII. OIC: Órgano Interno de Control de las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro y entidades paraestatales…”
“LV. Sujetos Obligados: las Dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, sus Órganos
Desconcentrados y las Entidades Paraestatales.”
Lic. y C.P. Alfonso Chávez Fierro
Secretario de la Contraloría del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
Rúbrica

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR