Acuerdo que expide el Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en el que se establece el procedimiento para la emisión de la constancia de no inhabilitación.

Pág. 9686 PERIÓDICO OFICIAL 27 de septiembre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
Lic. Juan Gorráez Enrile, Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en uso de las
atribuciones que me confieren los artículos 1, 3, 9, segundo párrafo, 14, 16, 17, 19, fracción III, 23, fracción VIII, de la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 82 y 83 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Querétaro; 1, 2, 6, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría; y:
CONSIDERANDO
Que ésta es la Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, que tiene a su cargo el despacho de los
asuntos que le encomienda la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; y demás disposiciones aplicables de las que
se deriva la facultad para llevar a cabo el registro de servidores públicos sancionados y en consecuencia; expedir la
constancia que acredite la no existencia de registro de inhabilitación vigente.
Que la constancia de no inhabilitación, reviste la característica de ser un documento que debe presentar toda persona
que pretenda desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, de conformidad con el artículo 83 de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.
Que derivado de la adición al artículo 126-D, de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro; publicado el 18 de
diciembre de 2012 en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga”, se hace necesaria la reestructuración a los
procesos internos de esta dependencia, a efecto de optimizar los trámites administrativos, aprovechando los
beneficios que brinda la utilización de los medios de comunicación electrónica; en busca de elevar la eficiencia y
eficacia en el trámite, así como en la emisión de la constancia de no inhabilitación; para beneficio de los interesados
en obtenerla.
Que de conformidad con las facultades que le son conferidas en términos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, esta
Secretaría, determina que el Jefe de Departamento de Responsabilidad y Situación Patrimonial de la Dirección
Jurídica y de Atención a la Ciudadanía, coadyuvará en la emisión de la constancia de no inhabilitación, de acuerdo
con los artículos 7 y 9, fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría.
Por lo anteriormente expuesto y fundado se expide el siguiente:
ACUERDO QUE EXPIDE EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, EN EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE LA CONSTANCIA DE
NO INHABILITACIÓN
PRIMERO.- El presente acuerdo tiene por objeto establecer el procedimiento para la emisión de la constancia de no
inhabilitación, como documento que forma parte de los requisitos para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el
servicio público; y que se realizará a través de un sistema informático en internet, o bien, de manera personal, con la
finalidad de facilitar a los interesados la obtención de la misma.
SEGUNDO.- Para los efectos del presente acuerdo se entenderá por:
I. Secretaría: La Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro;
II. Unidades Administrativas: A las áreas encargadas de la administración de los recursos humanos de las
Dependencias, Entidades y Organismos del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y del Poder Judicial,
así como los Organismos Autónomos y los Órganos Internos de Control Municipales; todos ellos del
Estado de Querétaro;
III. Constancia de no inhabilitación: Documento con firma electrónica o firma autógrafa, emitido por el
Departamento de Responsabilidad y Situación Patrimonial, de la Dirección Jurídica y de Atención a la
Ciudadanía, de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; que acredita

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