Evolución sobre la entrega de recursos liberados a favor de los municipios del Estado, recursos liberados, Segundo Trimestre del Periodo Fiscal 2008.

22 de agosto de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5531
Deberá de plantar un árbol al frente de cada lote, al paramento de los mismos.------------------------------------------- ------------------------------------
Construir una cisterna con capacidad para 100 m3, en las áreas verdes, equipada y funcionando de acuerdo a la normativa marcada por
la Unidad Municipal de Protección Civil.------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ -------------------------
Las áreas de donación del fraccionamiento deberán de entregarse con servicios y urbanizadas, y jardinadas en caso de las áreas
verdes.---------------------------------------------------- -------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ ---------------
Sujetarse y cumplir con todos y cada uno de los lineamientos y/o observaciones que le marcan en el Adendum Modificatorio al Visto
Bueno de Proyecto Pluvial, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano y Vivienda Municipal mediante oficio DDUVM/0515/2008, de fecha
02 de Julio de 2008.-------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------
1. De acuerdo con el articulo 114 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, el propietario del fraccionamiento será responsable de la
operación y mantenimiento, hasta en tanto se lleve a cabo la entrega del mismo al Ayuntamiento Municipal de su ubicación, bajo pena de
suspensión o cancelación de la autorización y sin perjuicio de su responsabilidad de derecho común. Se encargará también de promover la
formación de la Asociación de Colonos del mismo.--------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------
2. Se deberán presentar las autorizaciones de ocupación federal de la nueva obra de descarga hacia el Río San Juan y clausura de las
obras de descarga existentes por parte de CONAGUA (Comisión Nacional del Agua) a esta dependencia para la expedición de licencias de
construcción.---------------------------------------------- --------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------- -------------
3. Como se mencionó anteriormente, el proyecto pluvial constará de una estructura de retención de avenidas, la cual estará ubicada en el
área de donación del fraccionamiento; por lo que deberá realizar los tramites necesarios ante el H. Ayuntamiento para la ocupación de dicha
área.------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ ------------------
4. Deberán realizarse los convenios necesarios para la ocupación del cárcamo de bombeo de aguas sanitarias existente ante JAPAM
siempre y cuando ya no se utilice dicho cárcamo ya que la infraestructura servirá para aumentar la capacidad de la obra retención de aguas
pluviales y así asegurar mayor protección contra inundaciones al fraccionamiento.-------------------------------------------------- ----------------------------
5. Cuando se cuente con los oficios de permisos autorizados por parte CONAGUA para la ocupación del área federal, se deberán presentar
a esta dependencia los calendarios de ejecución de obra.----------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------
6. La protección pluvial del fraccionamiento La Rueda es primordial, por lo que se deberán concluir con las obras complementarias de
protección, conforme al plano BD-01, de fecha 07 de Abril de 2008 y las obras de bordos autorizados por CONAGUA.------------------------------
Toda vez que cumple con lo anterior y de acuerdo a la inspección realizada por esta Secretaría y de acuerdo al Dictamen Técnico de
avance de obras de urbanización, emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, de fecha 14 de
Febrero de 2008, número de oficio DUV/FCL/0195/2008 N.T. 21684 y F-76, en donde acusa un avance del 55% en la urbanización de la
Fase 5, del Fraccionamiento “La Rueda”, cumple con lo que establece el Artículo 154 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, por
lo que se considera Factible la Autorización Provisional de Venta de Lotes de la Fase 5 del Fraccionamiento “La Rueda”, siempre y
cuando el propietario deposite la siguiente fianza de garantía a favor del Municipio de San Juan del Río, Qro., en un plazo no mayor a 30
días a partir del acuerdo que autorice el presente, para la FASE 5 por la cantidad de $438,405.16 (cuatrocientos treinta y ocho mil
cuatrocientos cinco pesos 16/100 m.n.) la citada fianza garantizará contra vicios ocultos y defectos de fabricación, dichos valores antes
descritos son el total de las obras de urbanización que faltan por ejecutar, más un treinta por ciento para garantizar la construcción de
aquellas, en el plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha del Acuerdo de Cabildo relativo a la autorización expresa, siendo
necesario cubra las primas correspondientes para mantenerla vigente por el plazo anteriormente señalado.------------------------------------------ --
ETAPA PRESUPUESTO
TOTAL
FASE 5
AVANCE OBRA
FALTANTE
PRESUPUESTO
OBRA FALTANTE
30%
PRESUPUESTO DE
OBRA FALTANTE
TOTAL
ETAPA 5 $749,410.53 55% 45% $337,234.74 $101,170.42 $438,405.16
Con base a lo anterior esta Secretaría resuelve emitir el Dictamen Técnico Procedente para que el H. Ayuntamiento mediante acuerdo de
cabildo determine sobre las autorizaciones del Fraccionamiento “La Rueda”, propiedad de la persona moral Geo Querétaro, S.A. de
C.V., de acuerdo al Artículo 155 y demás correlativos del Código Urbano para el Estado de Querétaro.------------------------------------ --------------
El presente se fundamenta en lo dispuesto por los Artículos 1, 14 Fracción II, 16 Fracciones I, II, XII, XIII y XIX; 17, 82, 83, 109, 111, 112,
113, 114, 119, 143, 147, 154 Fracciones I, II y III, 155 y demás correlativos del Código Urbano para el Estado de Querétaro.”---------------------
III.- QUE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO MANIFIESTAN QUE HAN TENIDO A
LA VISTA LA DOCUMENTACIÓN QUE CONFORMA EL EXPEDIENTE TÉCNICO Y LEGAL, DEBIDAMENTE
SOPORTADO PARA ESTAR EN CONDICIONES DE ENTRAR AL ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SOLICITUD DE
VENTA PROVISIONAL DE LOTES PARA EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA RUEDA”, PARA
POSTERIORMENTE EMITIR EL DICTAMEN CORRESPONDIENTE.-----------------------------------------------------------------
IV.- QUE EL PROPIETARIO DEBERÁ DEPOSITAR ANTE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS UNA
FIANZA A FAVOR DE ESTE MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO QRO., EN UN PLAZO NO MAYOR DE TREINTA
DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL ACUERDO DE CABILDO QUE AUTORICE EL PRESENTE
DICTAMEN, POR LA CANTIDAD DE: $438,405.16 (CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
CINCO PESOS 16/100 M.N.); CONTRA VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS DE FABRICACIÓN, DICHO VALOR ES
TOTAL DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN QUE FALTAN POR EJECUTAR, MÁS UN TREINTA POR CIENTO
PARA GARANTIZAR LA CONSTRUCCIÓN DE AQUELLAS, EN EL PLAZO DE DOS AÑOS CONTADOS A PARTIR
DE LA FECHA DEL ACUERDO DE CABILDO RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN; DICHA FIANZA ÚNICAMENTE
SERÁ LIBERADA BAJO LA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
URBANO Y OBRAS PÚBLICAS MUNICIPAL, SIENDO NECESARIO QUE SE CUBRAN LAS PRIMAS
CORRESPONDIENTES PARA MANTENERLA VIGENTE POR EL PLAZO MENCIONADO.-----------------------------------
V.- QUE EL FRACCIONADOR HA DADO ESTRICTO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 109
DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CUANTO VE A LA TRANSMISIÓN DE ÁRE AS
DE DONACIÓN Y VIALIDADES, LO CUAL CONSTA EN ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 3,3 28 DE FECHA 15 DE
AGOSTO DE 2006, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD EN EL FOLIO REAL NÚMERO
27557 DE FECHA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2006; A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO.-------

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