Dictamen Técnico relativo a la autorización del proyecto de ampliación de 13 a 16 etapas del Fraccionamiento de tipo residencial denominado “Altos del Marqués”, Sección Villas Palmira, así como la licencia de ejecución de obras para sus etapas 14, 15 y 16, ubicado en la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio, Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 9184 PERIÓDICO OFICIAL 29 de octubre de 2010
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS
HUMANOS; 30 FRACCIÓN II INCISO D Y F, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 4 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
1°, 14 FRACCIÓN III, 16 FRACCIONES I, V, VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82,
92, 99, 100 FRACCIÓN I INCISO A), 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 137, 138, 140, 141, 143, 144, 145,
147 Y 152 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL
CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL ACUERDO
DE CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE FACULTADES A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados
para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de
competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto por el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para
regular en forma sustantiva y adjetiva las materias de su competencia, a través de bandos, reglamentos,
decretos, acuerdos, circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de
observancia general y obligatoria en el municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código
Municipal de Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de
2003 por el que se crea la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la
encargada de regular el ordenado crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 02 (dos) de octubre de 2009 (dos mil nueve), el H.
Ayuntamiento del Municipio de Querétaro aprobó el delegar facultades a la Secretaría de Desarrollo
Sustentable Municipal para emitir autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en el
Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” en fecha 06 (seis) de Noviembre del 2009 (dos mil nueve), y en
atención al artículo 4 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, ésta
Secretaría se encuentra legalmente facultada para la emisión del presente acto administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, representante legal de la
Empresa denominada “Geo Casas del Bajío”, Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita la
Autorización del proyecto de Ampliación de 13 a 16 Etapas del Fraccionamiento de tipo residencial
denominado “Altos del Marqués”, Sección Villas Palmira, así como la Licencia de Ejecución de
Obras para sus Etapas 14, 15 y 16, ubicado en la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio de
esta ciudad, y requiere a esta autoridad administrativa para que determine lo conducente, apoyado en el
siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante Escritura Pública número 304,580 de fecha 15 de julio de 2009, pasada ante la fe del Lic. Tomás Lozano
Molina, Notario Público número 10 de México, Distrito Federal; se hace constar el oto rgamiento de poder especial
para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio de la empresa “Geo Casas del Bajío”, Sociedad Anónima
de Capital Variable, a favor del Ing. Luis Felipe García Alcocer, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de esta Ciudad, bajo el folio mercantil número 28489 de fecha 14 de Agosto de 2009.

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