Acuerdo relativo a la autorización de licencia de ejecución de obras de urbanización, nomenclatura y venta provisional de lotes del fraccionamiento denominado “Juriquilla la Condesa”. Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui, Municipio de Querétaro, Qro.

7 de diciembre de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 17429
Por lo anteriormente, el H. Ayuntamiento de Querétaro, aprobó por Unanimidad de Votos en el punto 5,
Apartado III, inciso n) del Orden del Día, el siguiente
A C U E R D O
PRIMERO. En base a los razonamientos establecidos y precisados en el cuerpo del presente acuerdo SE
AUTORIZA LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN, del Fraccionamiento
denominado “Jurica La Campana” ubicado en la fracción 2 de la fracción norte, de la fracción “A” Delegación
Municipal Santa Rosa Jáuregui, lo anterior en correlación con el considerando 16.1 del presente acuerdo.
SEGUNDO. Dichas obras deberán quedar concluidas dentro de un plazo que no excederá de dos años
contados a partir de la publicación del presente Acuerdo, concluido el plazo sin que se hayan terminado las
obras de urbanización la licencia quedará sin efecto, debiendo renovarse al término del mismo, dando aviso a la
Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal.
TERCERO. El promotor deberá dar cumplimiento en un término de 3 meses contados a partir de la
notificación del presente acuerdo a los faltantes que fueron descritos en el considerando 15.11 del presente
Acuerdo, debiendo remitir copia de su cumplimiento a la Secretaría del Ayuntamiento.
CUARTO. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 109 del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, el promotor deberá transmitir a título gratuito a favor de Municipio de Querétaro, mediante escritura
pública debidamente protocolizada e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de
Querétaro, una superficie de 14,571.19 m2 por concepto de vialidad, misma que es objeto del presente estudio.
Por lo que a partir de que surta efectos el presente acuerdo, deberá coordinarse con la Dirección General
Jurídica, para llevar acabo los tramites administrativos y Jurídicos, Para llevar acabo la Escrituración de los
predios referidos a favor del Municipio de Querétaro, debiendo remitir el primer testimonio de escritura a la
Secretaría de Administración y copia a la Secretaria del Ayuntamiento.
QUINTO. Para cumplir con lo señalado en la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el Ejercicio
Fiscal 2012, el propietario deberá cubrir por concepto de Derechos de Supervisión de la vialidad del
Fraccionamiento “Jurica La Campana”, ante la Secretaría de Finanzas Municipal, lo establecido en el
Considerando 15.8 del presente Acuerdo.
SEXTO. En base a los razonamientos establecidos y precisados en el cuerpo del presente acuerdo SE
AUTORIZA LA NOMENCLATURA conforme lo establecido en el considerando 15.9 y del Fraccionamiento
denominado “Jurica La Campana” ubicado en la fracción 2 de la fracción norte, de la fracción “A” Delegación
Municipal Santa Rosa Jáuregui.
SEPTIMO. El promotor deberá cubrir el pago correspondiente a los Derechos de Nomenclatura, según lo
establecido por la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2012, conforme a lo
establecido al Considerando 15.10 del presente Acuerdo.
OCTAVO. En el caso de pretender instalar y/o colocar publicidad relativa al fraccionamiento, ésta
deberá de ubicarse en los espacios autorizados y de conformidad a lo establecido en el Reglamento de
Anuncios para el Municipio de Querétaro, debiendo obtener las licencias correspondientes, por lo que
deberá de coordinarse con la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal.

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