Acuerdo por el que se aprueba el dictamen relativo a la Cuenta Pública del Municipio de El Marqués, Querétaro, correspondiente al periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003.

Pág. 544 PERIODICO OFICIAL 18 de febrero de 2005
zuela de adocreto en el fraccionamiento Tejeda con No de Cuenta 563-1-4-122 y gasto ejercido de $1’093,641.02 (Un millón
noventa y tres mil seiscientos cuarenta y un pesos 02/100 M. N.) al 31 de diciembre de 2003, realizado por convenio con
Unión Constructora S. A. de C. V.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo que disponen los artículos 41 fracción XXV y 47 de la Constitución
Política del Estado; 70 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro; 1 fracción V, 2 se-
gundo párrafo, 116 y 121 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; ésta Comisión de
Hacienda somete a consideración de esta Soberanía, el presente Dictamen de acuerdo a los siguientes:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- La Comisión de Hacienda aprueba y propone a este Honorable Pleno, apruebe la revisión y fiscalización de la
Cuenta Pública del Municipio de Corregidora, Qro., correspondiente al periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de
diciembre de 2003.
SEGUNDO.- Se instruye a la Entidad fiscalizada para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la
notificación del acuerdo que recaiga al presente dictamen, inicie los procedimientos que en derecho correspondan, presente
los documentos correspondientes, efectúe los registros contables correctos y ejercite cualquier acción tendiente a solventar
las observaciones antes descritas, para que en el término de 30 días hábiles concluya sus solventaciones, lo anterior en los
términos y condiciones que fijan las leyes de la materia.
La documentación e información en la corrección de los procedimientos se entregará a este Poder Legislativo, a través de la
Contaduría Mayor de Hacienda, dentro de los cinco días hábiles posteriores concluido el plazo señalado para solventacio-
nes.
TERCERO.- De las observaciones señaladas en el presente dictamen las siguientes son reiterativas, mismas que se especi-
fican a continuación, a fin de que sean analizadas por la presente administración y evitar su reincidencia:
1. En la observación número uno, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que al 31 de diciembre de 2003 en Estados Financieros la
Entidad refleja saldos en las subcuentas de Otros Deudores y Deudores por Convenio, provenientes de las adminis-
traciones 1994 – 1997 y 1997 – 2000 por $ 121,647.50 (Ciento veintiún mil seiscientos cuarenta y siete pesos 50/100
M. N.) y $ 210,651.82 (Doscientos diez mil seiscientos cincuenta y un pesos 82/100 M. N.) respectivamente; lo ante-
rior, en relación con las observaciones dos y tres del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
2. En la observación número cuatro, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que el Municipio no tiene actualizado y conciliado su in-
ventario de Bienes Inmuebles al 31 de diciembre de 2003; lo anterior, en relación con la observación cuat ro del Dicta-
men de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
3. En la observación número cinco, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que al 31 de diciembre de 2003 en el cálculo global del Im-
puesto del 25 por ciento para Educación y Obras Públicas Municipales, existe una diferencia de más en registros,
por $542,111.00 (Quinientos cuarenta y dos mil ciento once pesos 00/100 M. N.) según la operación aritmética y la
cifra considerada por este concepto; lo anterior, en relación con la observación ocho del Dictamen de Cuenta Pública del
tercer trimestre de 2003.
4. En la observación número siete, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que al 31 de diciembre de 2003 el Municipio de Corregidora,
Qro., no cuenta con Manuales Operativos, de Políticas y Procedimientos de Control Interno debidamente aprobados
por el H. Ayuntamiento; lo anterior, en relación con la observación doce del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimes-
tre de 2003.
5. En la observación número ocho, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, al no contar con el oficio de aprobación o documento de autorización
para ejercer los recursos en las obras que se mencionan en la observación; lo anterior, en relación con la observación
trece del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
6. En la observación número nueve, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que se efectuaron pagos en exceso en las obras que se
mencionan en la observación; lo anterior, en relación con las observaciones veinte, veintiuno y veintidós del Dictamen
de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.

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