Acuerdo por el que se aprueba el dictamen relativo a la Cuenta Pública del Municipio de Cadereyta de Montes, Querétaro, correspondiente al periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003.

18 de febrero de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 523
$1,925.63 (Mil novecientos veinticinco pesos 63/100 M. N.) que incluye IVA pagado de más al contratista en este con-
cepto
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo que disponen los artículos 41 fracción XXV y 47 de la Constitución
Política del Estado; 70 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro; 1 fracción V, 2 se-
gundo párrafo, 116 y 121 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; ésta Comisión de
Hacienda somete a consideración de esta Soberanía, el presente Dictamen de acuerdo a los siguientes:
PRIMERO.- La Comisión de Hacienda aprueba y propone a este Honorable Pleno, apruebe la revisión y fiscalización de la
Cuenta Pública del Municipio de Arroyo Seco, Qro., correspondiente al periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de
diciembre de 2003.
SEGUNDO.- Se instruye a la Entidad fiscalizada para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la
notificación del acuerdo que recaiga al presente dictamen, inicie los procedimientos que en derecho correspondan, presente
los documentos correspondientes, efectúe los registros contables correctos y ejercite cualquier acción tendiente a solventar
las observaciones antes descritas, para que en el término de 30 días hábiles concluya sus solventaciones, lo anterior en los
términos y condiciones que fijan las leyes de la materia.
La documentación e información en la corrección de los procedimientos se entregará a este Poder Legislativo, a través de la
Contaduría Mayor de Hacienda, dentro de los cinco días hábiles posteriores concluido el plazo señalado para solventacio-
nes.
TERCERO.- De las observaciones señaladas en el presente dictamen las siguientes son reincidentes:
1. En la observación número tres, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud que las cifras de la cuenta de bienes muebles que registro
tesorería, no concilió contra las cifras que reportó oficialía mayor, observándose una diferencia por la cantidad
de $ 632,045.50 (Seiscientos treinta y dos mil cuarenta y cinco pesos 50/100 M. N.); lo anterior, en relación con la
observación tres del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
2. En la observación número cinco, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período compren-
dido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que las cifras de la cuenta de bienes inmuebles re-
gistró Tesorería no concilió contra las cifras que reportó oficialía mayor, resultando una diferenciador la canti-
dad de $ 259,442.17 (Doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y dos pesos 17/100 M. N.); lo an-
terior, en relación con la observación cuatro del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
3. En la observación número seis, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que la Entidad no realizó la regularización de expe-
dientes de inmuebles, observándose que en la totalidad ( 33 ) de estos, falta que integren las escrituras corres-
pondientes; lo anterior, en relación con la observación cinco del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de
2003.
4. En la observación número siete, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que en la revisión documental a las pólizas que inte-
graron la contabilidad por el período de octubre a diciembre de 2003, se encontraron faltantes de información y
diversos gastos los que no se encontraron debidamente soportados por la cantidad de $ 194,574.30 (Ciento no-
venta y cuatro mil quinientos setenta y cuatro pesos 30/100 M. N.); lo anterior, en relación con la observación siete
del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
5. En la observación número doce, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que se observó la falta de proyecto ejecutivo, en la
obra que se indica en el presente dictamen; lo anterior, en relación con la observación diecisiete del Dictamen de
Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
6. En la observación número trece, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que no se presentó la fianza de cumplimiento y no se
contó con el plazo de cobertura y fecha de otorgamiento adecuados de la fianza de garantía de calidad y vicios
ocultos, en la obra que se indica en el cuerpo del presente; lo anterior, en relación con la observación dieciocho
del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
RESOLUTIVOSP

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