Acuerdo mediante el cual se delegan al Director de Control Patrimonial de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo, las facultades que se indican.

6 de septiembre de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9289
PODER EJECUTIVO
OFICIALÍA MAYOR
OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN AL DIRECTOR DE CONTROL PATRIMONIAL DE LA
OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
Lic. Julio César Pérez Rangel, Oficial Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 9 párrafo segundo, 16, 17, 32 fracciones XIV, y XXI de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro; 2, 5, 6 fracción XV, 8 fracciones I y II y 11 del Reglamento Interior de la
Oficialía Mayor, y
CONSIDERANDO
Que la Oficialía Mayor es el órgano encargado de prestar el apoyo administrativo que requieran las
dependencias del Poder Ejecutivo del Estado; correspondiéndole asimismo, proporcionar oportunamente a las
dependencias de la administración pública del Estado, los elementos y materiales necesarios para el desarrollo
de sus funciones; proporcionar los servicios que se requieran para el funcionamiento de las dependencias que
conforman el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; y administrar y asegurar la posesión, propiedad,
conservación y mantenimiento del patrimonio del Estado.
Que las facultades citadas, llevan implícita la actividad de planear, coordinar y ejecutar el presupuesto
anual de bienes inmuebles propiedad y/o a cargo del Poder Ejecutivo; atender lo relativo a enajenaciones y
arrendamientos de bienes inmuebles que lleve a cabo el Poder Ejecutivo; y coordinar y ejecutar en su caso, el
mantenimiento de bienes muebles, entre otras.
Que en este tenor, de conformidad al artículo 11 del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor, dichas
facultades, se desarrollan a través de la Dirección de Control Patrimonial, dependencia adscrita a está Oficialía
mayor, misma que planea y ejecuta las acciones derivadas de las facultades señaladas en el párrafo que
antecede.
Que en dicha planeación y ejecución, se incluyen los procedimientos de contratación de diversos
servicios necesarios para la realización de las acciones requeridas; por lo que, dicha dependencia al planear y
ejecutar sus facultades, ha fijado directrices de contratación, control, evaluación y seguimiento de sus procesos,
teniendo conocimiento directo de los mismos.
Que por lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro, el suscrito, como Titular de la Dependencia denominada Oficialía Mayor del Poder
Ejecutivo, mediante el presente acuerdo, delego al Director de Control Patrimonial, la facultad de ejecutar de
manera total el despacho de los asuntos referidos en el artículo 11 del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor,
inclusive desde la planeación de los mismos y su ejecución, a través de contrataciones, autorización de
compras de insumos y requerimientos, ajustándose siempre al presupuesto aprobado y ejerciendo dicha
facultad, de conformidad a las disposiciones legales aplicables; coordinándose en su caso, con las
dependencias que atiendan los procesos de adquisiciones y control presupuestario.
Que asimismo, se delega de manera específica al Director de Control Patrimonial, la facultad de celebrar
de Querétaro le encomienda al suscrito Oficial Mayor en materia de arrendamientos y enajenaciones,
específicamente las facultades referidas en el artículo 51 fracciones I a la V de la citada Ley, de las cuales no
existe prohibición en la norma, para su delegación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR