Declaratoria por la que se expropia por causa de utilidad pública el inmueble que en ella se describe.

Pág. 1550 PERIÓDICO OFICIAL 15 de febrero de 2013
PODER EJECUTIVO
Lic. José Eduardo Calzada Rovirosa, Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, en ejercicio de
las facultades que me confiere lo dispuesto en los artículos 22, fracciones VIII y XIV de la Constitución Política
del Estado de Querétaro; 1, fracciones III y XIV y 2 de la Ley de Expropiación del Estado de Querétaro, y
Considerando
I. Que el Estado de Querétaro, experimenta un acelerado crecimiento en el ámbito económico, social,
cultural y tecnológico, que genera una mayor demanda de obras de infraestructura y equipamiento, a fin de
eficientar el desplazamiento de las personas, asegurando su calidad de vida.
II. Que no obstante lo anterior, el desarrollo no puede concentrarse en las zonas urbanas, sino que debe
propiciarse en todo el territorio del Estado, más aún en las zonas rurales ubicadas en los municipios más
lejanos con relación a la capital del Estado; en este sentido, de acuerdo al diagnóstico realizado a la
infraestructura carretera y de comunicaciones, realizado en el Plan Estatal de Desarrollo, denominado “Plan
Querétaro 2010 – 2015, Soluciones Cercanas a la Gente”, en su Eje “Ordenamiento Territorial e Infraestructura
para el Desarrollo”; al inicio de la presente administración, el 58% de la red carretera rural y alimentadora
presenta condiciones de regulares a malas. Esta situación dificulta el transporte de personas y productos, pone
en riesgo su seguridad, y constituye un obstáculo para el desarrollo económico y el bienestar de la población;
estableciendo además, en dicho eje, que la infraestructura carretera es una condición para fomentar el
desarrollo económico y mejorar la calidad de vida de las personas, por lo que es un objetivo fundamental de la
administración a mi cargo, garantizar el tránsito seguro y eficiente de las personas y productos, mediante la
línea estratégica de ampliación y reconstrucción de tramos carreteros.
III. Que el camino a la comunidad “Los Juárez” en el Municipio de Cadereyta de Montes, Qro., forma parte
de la red federal de caminos rurales, cuya formación derivó de servidumbres de paso, conformándose al paso
del tiempo, en caminos, mediante diversos programas federales implementados entre 1970 y 1980. El camino
referido, está a la fecha catalogado como tipo “E”, al ser de terracería y contar con una antigüedad de 50 años;
camino que parte del kilómetro 11+100 de la carretera estatal Cadereyta–San Joaquín, atraviesa el inmueble
formado por los predios rústicos denominados “El Tepozán”, “Charco Largo”, “EL Jaguey Colorado” y “Mesa de
las Rosas”, para terminar en la comunidad “Los Juárez”.
IV. Que el Municipio de Cadereyta de Montes, tiene proyectado ejecutar la obra pública denominada
“Modernización del Camino Rural E. C. San Joaquín-Los Juárez”, a efecto de que se le clasifique como camino
tipo “C”; modernización consistente en la ampliación del ancho de corona a un mínimo de 7.00 metros y
pavimentación del mismo, así como la instalación de señalización, drenaje y obras accesorias necesarias,
mejorando con ello la movilidad de las personas y productos, elevando con ello, el nivel de vida de los
habitantes de la zona, en la que se localizan las comunidades de “Los Juárez”, “Las Viguitas”, “La Adarga”, “Los
Hernández”, “Cerro Blanco”, “La Lagunita”, “Puerto del Zenthe”, “Chavarrías”, “Banthí”, “El Pinalito” y “Altamira”,
con una población media de 3,500 habitantes; tal como lo hizo saber el entonces Presidente Constitucional del
Municipio de Cadereyta de Montes, M.V.Z. Antonio Pérez Barrera, en la solicitud de expropiación de número de
oficio PM/APB/242/2011, en la que consta como anexo el estudio técnico justificativo realizado por el M.C.
Omar Gilberto Chávez Gutiérrez; para lo cual requiere se expropie una superficie de 118,435.24 metros
cuadrados del predio propiedad de Lamberto Wenceslao Muñoz de la Vega. Solicitud de expropiación, que
fuera ratificada en toda y cada una de sus partes, por el Ing. Rodrigo Mejía Hernández, actual Presidente
Municipal Constitucional de Cadereyta de Montes, Qro., mediante oficio RMH/SP/089/022 de fecha 7 de
Diciembre de 2012.
V. Que la superficie de 118,435.24 metros cuadrados, que forma parte del inmueble identificado como
predio rústico integrado por los denominados “El Tepozán”, “Charco Largo”, “El Jaguey Colorado” y “Mesa de
las Rosas”, ubicados en el Municipio de Cadereyta de Montes, Qro., constituye el único inmueble, idóneo y
necesario para la ejecución de la obra pública pretendida, pues se trata de la modernización de un camino ya
existente, cuya infraestructura se pretende mejorar.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR