Declaratoria por la cual se declara al 'Traje Otomí de Lujo del Municipio de Tolimán, Qro.', como Traje Representativo del Estado de Querétaro en el Ámbito de Patrimonio Cultural Tangible (Material) del Estado de Querétaro.

24 de noviembre de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 15083
PODER EJECUTIVO
Licenciado José Eduardo Calzada Rov irosa, Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 22, fracción VIII de la Constitución Política del Es tado de Querétaro;
43, 49 y 50 de la Ley para la Cultura y las Artes del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. Que el Traje Regional representativo de un pueblo o comunidad en particular, es la esencia o esti lo de la
representatividad folklórica de la evolución de los grupos sociales ancestrales, formando parte de sus
usos o costumbres, y que conlleva a su identidad propia, lo cua l resalta la importancia de preservación
difusión como patrimonio cultural, para revalorar el conocimiento de su memoria histórica com o símbolo
de la identidad de la sociedad queretana.
2. Que el patrimonio cultural continuamente se encuentra amenazado con una tendenc ia de desaparición,
por la evolución de los grupos sociales y los fenómenos económicos como resultado de su afectación por
el sentido de modernidad en la sociedad general, razón por la cual, la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17ª reunión celebrada en París en noviembre de
1972, resaltó la importancia de su preservación y pro tección para el fortalecim iento del patrimonio cultural
de todos los pueblos del mundo.
3. El patrimonio cultural deriva de la conf ormación de la evolución histórica de los grupos sociales, en razón
de sus tradiciones, a las que la sociedad les concede una relevancia histórica o simbólica. La herencia de
la diversidad cultura l recibida de los antepasados como parte de la conform ación de una población, es el
testimonio de su existencia, su visión de mundo, de sus form as de vida y de su manera de ser, y es
también el legado que se deja a las generaciones futuras de una comunidad social. El Patrim onio Cultural
Material se clasifica en dos tipos, Tangible Mueble y Tangible Inm ueble.
El Patrimonio Tangible Mueble, está conform ado por docum entos arqueológicos, históricos, artísticos,
etnográficos, tecnológicos, como antecedentes históricos para la preservación de la diversidad cultural de
la sociedad en particular. Los objetos considerados como parte del Patr imonio Tangible Mueble, entre
otros, son los manuscritos, fotografías, obras de arte, películas, documentos audiovisuales, artesanías,
utensilios, vestidos, así como aquellos de origen artesanal o folk lórico.
4. Que actualmente México es signatario y obligado solidario de múltiples convenciones internacionales y
organizaciones que se han constituido para la promoción y apoyo de dicho patrimonio. Una de las más
importantes es la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO).
5. Que de acuerdo al artículo cuart o, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de Querétaro , es
un derecho inalienable, imprescriptible y fundamental de todo qu eretano, el acceso y pertenencia a la
Cultura, por lo que el Estado se obliga a proteger el patrimonio y las m anifestaciones culturales de la
sociedad queretana; de la misma forma, las autoridades y soc iedad, están obligados a promover el
rescate, preservación, fortalecimiento, protección, restauración y difusión del patrimonio cultural.
6. En el Eje de Desarrollo Social y Humano, en m ateria de Cultura del Plan Estatal de Desarrollo “Querétaro
2010-2015, Soluciones Cercanas a la Gente”, tiene como finalidad el impulsar el desarrollo cultural del
Estado de Querétaro, generando una amplia participación social, fortaleciendo así, las identidades y
diversidad cultural de los queretanos; en la Estrategia 3.3., plantea la preservación, conservación,
investigación y difusión del patrimonio arqueológico, artístico y paleontológico, teniendo como Líneas de
Acción la actuali zación, documentación y difusión del patrimonio cultural del estado, la Protección legal
del patrimonio arqueológico, artístico, histórico y paleontológico d e Querétaro.

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