Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de corredor urbano a uso de guarderías, jardines de niños y escuelas de educación especial, para instalar un jardin de niños en el domicilio ubicado en calle Zaragoza No. 97, Col. Centro, Municipio de Cadereyta de Montes, Qro.

1 de agosto de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5049
Fraccionamiento Eduardo Loarca Castillo Segunda Etapa
Por cada Por cada 10.00 mts.
100.00 ml Excedente
Denominación Longitud ml.
$ 326.21 $ 32.67
TOTAL
Calle Plan de San Luis 4,433.81 $14,353.02 $98.01 $14,451.03
Subtotal $14,451.03
25 % adicional $ 3,612.76
Total $18,063.79
(DIECIOCHO MIL SESENTA Y TRES PESOS 79/100 M.N.)
Debiendo instalar las Placas de Nomenclatura de acuerdo a las especificaciones y al diseño que se anexa al
Diagnostico Técnico…”.
Por lo anteriormente, el H. Ayuntamiento de Querétaro, aprobó por unanimidad en el Punto 4,
Apartado IV Inciso a) de la Orden del Día, el siguiente:
A C U E R D O
“…PRIMERO. SE AUTORIZA al Instituto de Vivienda del Estado de Querétaro, el Reconocimiento de
Vialidad, Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura, para una Fracción de la
Parcela 34 Z-1 P1/1, del Ejido San Miguel Carrillo, Delegación Félix Osores Sotomayor, dichas obras deberán
de quedar concluidas dentro del plazo que no excederá de un año a partir de la fecha del acuerdo que autorice
el presente, concluido el plazo sin que se hayan terminado las obras de urbanización, la licencia quedará sin
efecto debiendo solicitar su renovación ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal.
SEGUNDO. Por la realización de la vialidad, el promotor deberá depositar los derechos de supervisión
de la misma, a favor del Municipio de Querétaro de acuerdo a la cantidad establecida en el Considerando 5.7
del presente.
TERCERO. SE AUTORIZA la nomenclatura para la vialidad a realizar dentro de una Fracción de la
Parcela 34 Z-1 p 1/1 del Ejido San Miguel Carrillo, conforme a lo establecido en el Párrafo Quinto del
Considerando 6. del presente Acuerdo.
CUARTO. Instituto de Vivienda del Estado de Querétaro, deberá cubrir el pago correspondiente de los
derechos de nomenclatura, según lo establece la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, para el ejercicio
fiscal 2008, conforme a lo plasmado en el último párrafo del Considerando 6. del presente Acuerdo. Una vez
hecho el pago, deberá presentar copia del recibo ante la Secretaría del Ayuntamiento, asimismo deberá
instalar las placas de nomenclatura de acuerdo a las especificaciones y delineación elaborado por el
Departamento de Diseño Urbano de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal
QUINTO. El promotor deberá otorgar a titulo gratuito a este Municipio de Querétaro la superficie de
4,433.81 m2, por concepto de la vialidad reconocida, lo anterior con fundamento en lo establecido por el
artículo 109 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, para lo cual se instruye a la Secretaría General
de Gobierno Municipal a través de la Dirección General Jurídica, para que conjuntamente con el promotor
realicen todos los trámites correspondientes a efecto de protocolizar ante Notario Publico la transmisión de la
superficie anteriormente señalada, dentro de un plazo de 60 días a partir de la publicación del presente
Acuerdo en los dos órganos de difusión denominados “Gaceta Municipal y Periódico Oficial de Gobierno del
Estado “La Sombra de Arteaga”.

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