Convenio de colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución del programa Seguro Médico Siglo XXI 2013, identificado como Intervenciones, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro.

16 de agosto de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8501
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA SEGURO MEDICO SIGLO XXI QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE
LE DENOMINARA “LA SECRETARIA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. COMISIONADO
NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, DR. GABRIEL JAIME O´SHEA CUEVAS, ASISTIDO
POR EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, DR. JAVIER LOZANO HERRERA,
Y POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO, M. EN C. ANTONIO CHEMOR RUIZ, Y POR LA
OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERETARO, AL QUE EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. MARIO CESAR GARCÍA
FEREGRINO, SECRETARIO DE SALUD; CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. GERMAN GIORDANO
BONILLA Y DEL DR. JORGE RAFAEL ESPINOSA BECERRA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE
PLANEACIÓN Y FINANZAS Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SE LES
DENOMINARA “LAS PARTES” CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
las personas a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para
el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general; así como el derecho que tienen los niños y las niñas a la
satisfacción de sus necesidades de salud.
2. La promoción de la salud de los niños representa un objetivo estratégico para todo Estado que pretenda
construir una sociedad sana, justa y desarrollada. La condición de salud de los niños afecta de manera
importante el rendimiento educativo de los escolares, y éste, a su vez, tiene un efecto significativo en la
salud y la capacidad productiva en la edad adulta, es decir, la salud de los primeros años, determina las
condiciones futuras de esa generación.
El objetivo del Programa Seguro Médico Siglo XXI y del reforzamiento de las acciones de los otros
programas dirigidos a la población beneficiaria menor de cinco años es asegurar el financiamiento de la
atención médica y preventiva para lograr las mejores condiciones posibles de salud y las mayores
oportunidades para que una nueva generación esté más capacitada, preparada y activa.
3. Para llevar a cabo el objetivo general del Seguro Médico Siglo XXI, se realizará la transferencia de
recursos a las Entidades Federativas, de conformidad con lo que establece la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo
Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los
subsidios y transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias, mismos que se otorgarán
y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichas transferencias y subsidios
deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad que en ella se señalan.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara:
I.1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo
dispuesto en los artículos 2, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la cual
le corresponde, entre otras atribuciones, las de establecer y conducir la política nacional en materia de
asistencia social y servicios médicos y salubridad general.

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