Convenio modificatorio al convenio de coordinación de fecha 16 de abril de 2016; que celebran por una parte, el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Educación Pública, y por la otra parte, el Estado de Querétaro. Programa Nacional de Becas de tipo superior en su modalidad de Manutención.

Pág. 10832 PERIÓDICO OFICIAL 2 de septiembre de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 18 DE ABRIL DE 2016: QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “LA SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN
SUPERIOR, DR. SALVADOR JARA GUERRERO, ASISTIDO POR EL MTRO. JAVIER PEREA RAMÍREZ,
COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA
PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL ESTADO”,
REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL PODER EJECUTIVO Y EJECUTOR
RESPONSABLE, LIC. JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES, DE CONFORMIDAD CON EL ANTECEDENTE,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E
Con fecha 18 de abril de 2016, “L A SEP”, y “EL ESTADO”, celebraron el Convenio de Coordinación, en lo sucesivo
“EL CONVENIO”, por el cual establecieron la coordinación para establecer e instrumentar el “Programa Nacional de
Becas del tipo superior en su modalidad de Manutención”, en lo sucesivo “El Programa”, en “EL ESTADO”, con el
fin de fomentar en la entidad que un mayor número de estudiantes en condiciones económicas adversas tengan
acceso a los servicios de educación superior y terminen oportunamente sus estudios, de conformidad con lo
establecido por “Las Reglas” y cualquier otra disposición aplicable.
En la cláusula SEGUNDA de EL CONVENIO”, se acordó que “LA SEP” con base en su disponibilidad
presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, aportaría la cantidad de $9’000,000.00 (Nueve Millones de Pesos 00/100
M.N. ), para la operación de “El Programa” y “EL ESTADO” aportaría la cantidad de $9’000,000.00 (Nueve
Millones de Pesos 00/100 M.N).
En la cláusula DÉCIMA SEGUNDA de “EL CONVENIO”, se estableció que su vigencia iniciaría a partir de la fecha
de su firma y concluiría el 30 de noviembre de 2018, y que podría modificarse de común acuerdo entre las partes.
D E C L A R A C I O N E S
I.- De “LA SEP”:
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la
función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente convenio, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el Acuerdo número 399 por el que se
delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública”, publicado en el
mismo órgano informativo el 26 de abril de 2007.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en el marco del
Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016, con cargo a la clave
presupuestaria 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No.
31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II. De “EL ESTADO”:
II.1.- Que es una entidad libre y autónoma que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º y 10 de la

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