Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas.

7 de abril de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6217
SECRETARÍA DE SALUD
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE
ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL
EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE
DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES,
SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO
JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ
MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES,
SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR
MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR.
RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO
Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA
URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL
VIH/SIDA; Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL
PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE
QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR.
ALFREDO GOBERA FARRO, SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL
DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y EL ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA,
SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA
CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS SIGUIENTES: A N T E C E D E N T E S
I. Con fecha 02 de agosto de 2012, “LA SECRETARÍA” y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO M ARCO DE
COORDINACIÓN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad
general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos
federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación
de "LA ENTIDAD" con “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de
Salud, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”.
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios
Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por EL DR. ALFREDO GOBERA FARRO, SECRETARIO DE
SALUD DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE
QUERÉTARO Y EL ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL
PODER EJECUTIVO por parte de "LA ENTIDAD", y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por
sí misma, o asistida por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos,
por parte de “LA SECRETARÍA”.
III. “LA SECRETARÍA” tiene dentro de sus objetivos, la atención de los retos de la salud que enfrenta el país, a los
cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del
sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar
las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, las cuales se concretan en 36
Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”.
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
1. El Dr. Pablo Antonio Kuri Morales, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la
competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende
de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como el
Artículo Único, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de
Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, modificado por el diverso publicado en
el citado órgano de difusión oficial el 12 de enero de 2015, cargo que se acredita con la copia fotostática del
nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.
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2. La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al
Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades,
de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación
de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacio nales
de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de
Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de
los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la
Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI,
del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la
Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que
los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son
órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C,
fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en
los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados
para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
4. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las unidades administrativas y
órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre
otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y promoción de la
salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social
en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas;
establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la
Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna,
suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en “LOS PROGRAMAS”.
5. Cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y
Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los
compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.
6. Para los efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7,
Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "LA ENTIDAD" declara que:
1. Que el Ing. Juan Manuel Alcocer Gamba, Secretario de Planeación y Finanzas, participa en la suscripción del
presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 19 fracciones II y 22 fracción XXVI de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y acredita su cargo mediante nombramiento que en
copia fotostática se adjunta al presente para formar parte integrante de su contexto.
2. Que el Dr. Alfredo Gobera Farro, por disposición del C. Gobernador del Estado Francisco Dominguez Servien,
el día 01 de octubre de 2015, fue designado Secretario de Salud, quedando a su cargo la Secretaria de Salud,
Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, como consecuencia de lo dispuesto en el primer
párrafo del artículo 22 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Querétaro, de conformidad con lo
establecido en los artículos 19 fracción X, 28 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
de Querétaro, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos. Cargo que acredita
mediante nombramiento que en copia fotostática se adjunta al presente para formar parte integrante de su
contexto.
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3. Que el Dr. Alfredo Gobera Farro, con fundamento en la fracción II del artículo 2 del Reglamento Interior del
Organismo Público Descentralizado de la Administración pública Estatal denominado Servicios de Salud del
Estado de Querétaro (SESEQ), ha quedado a cargo de la titularidad de la Coordinación General de Servicios
de Salud del Estado de Querétaro, asistiendo a la suscripción del presente Convenio Específico, en virtud de
que su representada es un Organismo de la Administración Pública Estatal de acuerdo al Decreto de Creación
publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” el 28 de noviembre de 1996,
con personalidad jurídica y patrimonio propio, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos
jurídicos de conformidad a lo establecido en el artículo Décimo fracciones X y XI, del Decreto de referencia
previo acuerdo de la Junta de Gobierno.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer,
coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud,
atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar
contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo
establecido en los artículos 1°,2°,5°,10°,11° y 19° fracción I incisos c), e), f) de la Ley de Salud del Estado de
Querétaro y en los artículos , , y 13° de la Ley General de Salud.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el
ubicado en 16 de septiembre 51 Oriente, Centro, Querétaro, Querétaro, C.P. 76000.
Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus
artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a
cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias,
de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas
ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad
que en dicha Ley se señalan, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales,
en carácter de subsidios, así como insumos federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con “LA
SECRETARÍA”, en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la
ejecución de “LOS PROGRAMAS”, que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de
cada uno de ellos, a fin de permitir a "LA ENTIDAD" su adecuada instrumentación, así como fortalecer la
integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud.
En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan LOS PROGRAMAS” en los que se aplicarán tales
recursos y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que sobre el particular asumen "LA
ENTIDAD" y “LA SECRETARÍA”, anexos que debidamente firmados por “LAS PARTES” forman parte del mismo.
La ministración de recursos federales que efectúe “LA SECRETARÍA” a "LA ENTIDAD", se realizará conforme a la
tabla siguiente:
NO.
UNIDAD RESPONSABLE /
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
1
Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
0.00
0.00
0.00
2
Entornos y Comunidades
Saludables
P018
175,773.00
0.00
175,773.00
3
Alimentación y Actividad Física
U008
4,000,000.00
0.00
4,000,000.00
S u b t o t a l
4,175,773.00
0.00
4,175,773.00
1
Salud Mental
0.00
0.00
0.00
S u b t o t a l
0.00
0.00
0.00
1
Seguridad Vial
P018
780,000.00
0.00
780,000.00
2
Prevención de Accidentes en
Grupos Vulnerables
P018
180,000.00
0.00
180,000.00

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